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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30010 - 05/06/2025Ver anteriores

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 25/11/2020

Página 30

Ante una persona que desarrolle síntomas compatibles con COVID-19 ya sea en viaje en un transporte interurbano o en su lugar de alojamiento, se deberán adoptar las siguientes medidas de prevención: Aislamiento preventivo de personas sintomáticas hasta su atención u orientación por personal de salud: - Proveer a la persona sintomática un barbijo quirúrgico y elementos para la higiene respiratoria

fecha de publicación: 26/02/2021

Página 10

. Al colocarse, acomodarse o retirarse el barbijo/tapabocas, se debe lavar previamente las manos con agua y jabón, o bien desinfectarse con alcohol en gel. b. El personal deberá higienizarse las manos con agua y jabón líquido al ingreso del establecimiento y durante la prestación laboral, de manera frecuente y durante al menos 40 segundos. Si el agua corriente y jabón no se encuentran accesibles

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VII. El personal de entrega y recepción de mercaderías deberá utilizar los Elementos de protección personal (EPP) correspondientes, alcohol en gel (o realizar la limpieza de manos con agua y jabón) y barbijo o tapaboca, según corresponda. VIII. En aquellas jurisdicciones donde las autoridades así lo determinen, se deberá solicitar DDJJ (declaración jurada) a los eventuales proveedores, donde

fecha de publicación: 21/08/2020

Página 56

para neutralizar la propagación de la enfermedad. Que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución N° 394/2020, recomienda la adopción de medidas preventivas a los efectos de la propagación del virus que causa el COVID-19, entre las cuales se dispuso el uso de barbijos y distintas medidas de higiene personal y edilicia. Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Página 55

de la propagación del virus que causa el COVID-19, entre las cuales se dispuso el uso de barbijos y distintas medidas de higiene personal y edilicia. Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros tiene, entre sus competencias primarias, la coordinación estratégica de planes operativos, como así también la coordinación y gestión de los bienes del Estado provincial y la de ocuparse de manera directa

fecha de publicación: 11/08/2020

Página 3

de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante Resolución N° 394/2020, recomienda la adopción de medidas preventivas a los efectos de la propagación del virus que causa el COVID-19, entre las cuales se dispuso el uso de barbijos y distintas medidas de higiene personal y edilicia. Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros tiene, entre sus competencias primarias, la coordinación

fecha de publicación: 22/10/2020

Página 56

RESOLUCIÓN Nº 1994-MSALGP-2020 LA PLATA, BUENOS AIRES Martes 20 de Octubre de 2020 VISTO las Leyes Nº 14.815, N° 15.165, Nº 13.981, los Decretos N° 59/19 y N° 304/20, el expediente N° EX-2020- 21112925-GDEBA-DPHMSALGP y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se gestiona autorizar el llamado a la Contratación Directa N° 105-0211-CDI20 para la adquisición de barbijos quirúrgicos

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- Proceso de Compra Nº 105-0211-CDI20 POR 1 DÍA - Llámese a Contratación Directa tramitada a través del Proceso de Compra 105-0211-CDI20 - Ley 13981 y Decreto 59/19 - tendiente a la Adquisición de Barbijos Quirúrgicos con destino a Dependencias Provinciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la estrategia de atención del COVID-19, con encuadre