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fecha de publicación: 12/08/2026
para que en el plazo de veinte (20) días deberán cancelar las deudas o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración de convenio, el Departamento Detección Gestión y Recupero de Deudas deberá confeccionar el pertinente título ejecutivo
Página 16obligado adherido. ARTÍCULO 6°.- Determinar que durante el cumplimiento del plan de pagos correspondiente a las obligaciones incluidas en el presente régimen se suspenderá el cómputo y el devengamiento de intereses moratorios, recargos y demás accesorios financieros relativas exclusivamente a dichas deudas. ARTÍCULO 7°.- La caducidad del régimen se producirá, de pleno derecho y sin necesidad
fecha de publicación: 05/11/2021
al correo sectordeuda@ips.gba.gov.ar. DEJAR constancia que en caso de transcurrir el plazo establecido sin que se haya verificado la cancelación del crédito se procederá al recupero por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, último párrafo del Decreto Ley N° 9650/80 T.O. 1994, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N° 12/18 de este Instituto
fecha de publicación: 14/03/2022
la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, hasta la cancelación total de la deuda. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio, en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16 y n°12/18. ARTÍCULO 3º: Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones de la Coordinación
fecha de publicación: 27/06/2022
de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones legales pertinentes contra el acervo sucesorio. Para el prime' supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar e! comprobante de pago en el plazo
fecha de publicación: 28/09/2022
los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio que establecen las Resoluciones N° 9/16 y N° 12/18. ARTÍCULO 4°: Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones. Cumplido, dar el trámite que por derecho corresponda. Departamento Relatoría Coordinacion Gestión y Recupero de Deudas Marina Moretti, Presidente. sep. 23 v. sep. 29 POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social

