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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30255 - 09/06/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 06/07/2012

Página 27

de hechos relevantes: a) Moratoria y cancelación impuesto inmobiliario; b) Exención Impositiva en ARBA, en Ingresos Brutos e Inmobiliario; c) Subsidios de Municipio; d) Otros aportes Extraordinarios. 8) Aportes futuras emisiones. 9) Elección de Comité Ejecutivo ad-hoc para la ges- tión deportiva y social en el Campo Deportivo que la ins- titución tiene en la localidad de Monte Hermoso. 10

Página 22

o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi- no al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento el Consejo Consultivo

fecha de publicación: 10/07/2012

Página 19

de hechos relevantes: a) Moratoria y cancelación impuesto inmobiliario; b) Exención Impositiva en ARBA, en Ingresos Brutos e Inmobiliario; c) Subsidios de Municipio; d) Otros aportes Extraordinarios. 8) Aportes futuras emisiones. 9) Elección de Comité Ejecutivo ad-hoc para la ges- tión deportiva y social en el Campo Deportivo que la ins- titución tiene en la localidad de Monte Hermoso. 10

Página 15

Central de CORFO e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago

fecha de publicación: 05/05/2026

Página 70

el 01/03/2013 al 26/06/2017.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS. bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. - ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración de convenio, el Departamento Detección

Página 140

administrativo a fin de aplicar las sanciones previstas en el punto 7.12. del Subanexo D del Contrato de Concesión…”; Que asimismo, la Dirección Provincial de Energía detalló el resumen de la situación de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS LIMITADA DE ZARATE que luce en orden 6 y por otro lado, señaló que la Cooperativa había adherido a cuatro moratorias contempladas

fecha de publicación: 14/10/2015

Página 13

“Farías, Viviana Carina c/ Moratorio de Bergman, María Paula y otros s/ Usucapión”, (Expte. N° 052-2013), cita y emplaza a HÉCTOR GABRIEL PONS, DNI Nº 12.426.104, con ultimo domicilio conocido en calle 59 Nº 1325, planta Baja, Depto. 3 (59 1325 PB 3) de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y/o sus herederos y/o suceso- res, para que en el término de quince días contados desde la última publicación

Página 11

, 55, 121, 122, 123, 138, 150, 151, 152, 155 y 156 L.C.T., Art. 1 Ley 23041, Arts. 1, 6, 13, 14, 15, 17 y 18 Ley 22250, Arts. 11 y 16 CCT Nº 76/75, Arts. 1 y 2 Ley 25323) II) Condenar al demandado al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena, desde que fue debido (noviembre/05) hasta el efectivo pago, de con- formidad con los establecidos por la S.C.J.B.A. que son los que paga

fecha de publicación: 29/03/2023

Página 153

el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente al fallecimiento, el que asciende a la suma de pesos ciento cinco mil doscientos ochenta y seis con nueve centavos ($105.286,09). INTIMAR a los derecho habientes a que en el plazo de veinte (20) días cancelen la deuda o celebren un convenio de pago, conforme la Resolución N°12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios, e iniciar

Página 148

del crédito o convenio de pago se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en elart.61 último párrafo, del Decreto Ley 9650/80, aplicándose intereses moratorias establecidos en la Resolución Nº 12/18.- ARTÍCULO 5°: Registrar. Notificar. Cumplido, deberá pasar a la dirección de Recaudación y Fiscalización, Departamento entes Provinciales, a sus efectos. Cumplido