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fecha de publicación: 31/12/2020
presupuestarias por pagos de intereses moratorios efectuados por la Tesorería General de la Provincia por gastos presupuestarios cancelados fuera de término atribuibles a las jurisdicciones y entidades provinciales. En aquellos casos de regularización presupuestaria encuadrados dentro del apartado II) del presente inciso por adquisición de bienes que por su naturaleza correspondan ser activados
fecha de publicación: 27/09/2019
-GDEBACORFOMAGP,que adhieran a las mencionadas contribuciones y cuyo vencimiento operará el día 15/10/2019. ARTÍCULO 6º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del Tres por ciento (3%) mensual. ARTÍCULO 7º: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113, inciso b
fecha de publicación: 26/04/2019
o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad en tareas comunes, no le asistirá derecho a computar
fecha de publicación: 10/06/2024
y siete con sesenta y seis centavos ($2.859.567,66) en concepto de haberes percibidos indebidamente desde el 16/04/2013 al 31/12/2018.- Intimar al titular para que en el plazo de veinte (20) días cancele la deuda o celebre un convenio de acuerdo a la resolución n° 12/18 ips, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. -para el primer supuesto deberá realizar
fecha de publicación: 06/07/2012
de hechos relevantes: a) Moratoria y cancelación impuesto inmobiliario; b) Exención Impositiva en ARBA, en Ingresos Brutos e Inmobiliario; c) Subsidios de Municipio; d) Otros aportes Extraordinarios. 8) Aportes futuras emisiones. 9) Elección de Comité Ejecutivo ad-hoc para la ges- tión deportiva y social en el Campo Deportivo que la ins- titución tiene en la localidad de Monte Hermoso. 10
Página 22o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi- no al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento el Consejo Consultivo