Resultados de Búsqueda
fecha de publicación: 14/11/2018
a la demanda incoada por El Sr. Calmels Manuel contra Álvaro Sánchez y Lucas Hernán Sánchez, condenándolos en forma solidaria (Art. 827 y 833 del CPCC) a abonarle a la actora en el término de 10 (diez) días y mediante depósito en autos la suma de Pesos Treinta y Seis Mil Ciento Sesenta y Ocho ($36.168.-), por los conceptos expresados precedentemente, con más los intereses moratorios que deberán
fecha de publicación: 30/05/2025
-2022 y LP - 46222 - 2018, por ante el Juzgado Contencioso Administrativo nro. 4 de La Plata y de la Suprema Corte de Justicia, respectivamente. 2- Resolución del Consejo Superior N° 1531/2025 Régimen de moratoria para regularización de deudas de matrícula anteriores al 1/1/2025. 3- Designación de dos (2) miembros de la Asamblea para firmar el Acta, conjuntamente con el Presidente de la misma. Art. 33
fecha de publicación: 05/02/2024
de diez (10) días de notificada fehacientemente la presente, caso contrario tome intervención Provincia Fideicomisos SAU en el marco del artículo 81 de la Ley Nº 15.310; Que asimismo resulta oportuno advertir que aquellas declaraciones juradas correspondientes al agregado tarifario desde enero de 2022 no se encuentran incluidas en moratoria vigente ni disponible por lo que deberán pagarse con los intereses que surgen del Sistema Informático FITBA (SIFITBA); BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > lunes 05 de febrero de 2024 SECCIÓN OFICIAL > página 8
fecha de publicación: 13/05/2022
al recupero de la deuda. Se aplicara sobre los saldos impagos, la tasa de interés moratorio y compensatorio en los términos que establecen las resoluciones n° 9/16 y 12/18 -ARTICULO 4o: Registrar. Notificar. Cumplido, seguir el trámite que por derecho corresponda. Sector Gestión y Recupero de Deudas/Departamento Relatoría Marina Moretti, Presidenta may. 9 v. may. 13 POR 5 DÍAS - El Instituto
fecha de publicación: 05/05/2023
la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto- Ley 9650/80 Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio en los términos que establecen las Resoluciones N° 9/16 y N° 12/18. ARTÍCULO 3°: Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones de la Coordinación Gestión y Recupero
Página 964°. Disponer que una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 2 de la presente sin que se haya efectivizado el pago y/o formulado propuesta de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, último párrafo, del Decreto Ley N° 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N° 12/18. ARTÍCULO 5