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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 11/10/2023

Página 85

dar intervención a la Coordinación Gestión y Recupero de Deudas -TITULO EJECUTIVO, a fin de confeccionar el pertinente Titulo Ejecutivo. Se aplicara sobre los impagos el interés moratorio y/o compensatorio que establecen las Resoluciones N° 9/16 y N° 12/18 de este IPS. ARTÍCULO 5º : Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones Cumplido, dar el trámite que por derecho

fecha de publicación: 23/08/2024

Página 86

) Ofrecimiento a los socios no aportantes de equiparar las sumas aportadas en la proporción de las acciones. 8) Moratoria impositiva. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > viernes 23 de agosto de 2024 SECCIÓN OFICIAL > página 86

fecha de publicación: 15/11/2018

Página 9

precedentemente, con más los intereses moratorios que deberán liquidarse por Secretaría en base a la Tasa Pasiva BIP (Tasa Digital opción plazo fi jo tradicional), computándose desde la fecha del despido (07-02-2012) y hasta la fecha de la presente acuerdo con arreglo a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a treinta (30) días vigentes en el inicio de cada uno de los períodos comprendidos ( SCBA L 108.142 “Abraham) en tal sentido deberá calcularse el interés en base a la TASA PASIVA BIP (tasa digital opción plazo fi jo tradicional) ya que este

fecha de publicación: 06/01/2026

Página 16

con las obligaciones impuestas por el presente fallo, el capital de condena devengará, desde la fecha del incumplimiento y hasta el efectivo pago, intereses sancionatorios que se acumularán a los moratorios y se calcularán en una vez y media la tasa activa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuentos (art. 767 Código Civil y Comercial; arts. 34 inc.d y e y 37

fecha de publicación: 18/08/2015

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Pharma S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de las facturas cuya cancelación tramitó por expedientes N° 2926- 2163/11 alcance 3, N° 2926-2163/11 alcance 15 y 2926-2300/11 alcance 2, y Considerando: Que de las constancias obrantes en el presente se desprende que el pago

Página 12

Delegación de Asesoría General de Gobierno ante este Ministerio a fs. 27 y vuelta, Delegación de la Contaduría General de la Provincia a fajas 29/30 y Fiscalía de Estado a fs. 32; Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto N° 5000/89 el Ministro de Salud resuelve: artículo 1°. Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorias efectuado por la firma Axxa Pharma S.A