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fecha de publicación: 02/07/2013
. 113 inc. b) de la Ley 12.257). ARTÍCULO 3°: Lugares de pago: Bancos de la Provincia de Buenos Aires: Suc. Mayor Buratovich, Suc. Bahía Blanca; Suc. Villalonga, Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2
fecha de publicación: 20/01/2012
L.C.T., Arts. 508, 509, 519, 622, 699, 979, 995, 3570 y condts. C.C., Art. 1º Ley N° 23.041, Art. 153 Ley N° 24.013, Arts. 53 y 54 Ley N° 24.241). II) Condénase al demandado al pago de intereses moratorios sobre los capitales de condena, desde que fueron debidos (noviembre/99) hasta el efecti- vo pago, de conformidad con los establecidos por la Excma. S.C.J.B.A. que son los que paga el Bco
fecha de publicación: 26/12/2017
el equivalente al número de módulos que corresponda aportar al afiliado a CAFAR en virtud del inciso a) del Art. 33 del Decreto-Ley 10.087/83, con más las cuotas correspondientes a regímenes de subsidios vigentes. Se deja claramente establecido que este beneficio no alcanza plan de moratoria alguno en el cual el afiliado esté incurso con motivo de regularización de aportes no efectuados. ARTÍCULO
fecha de publicación: 14/10/2015
“Farías, Viviana Carina c/ Moratorio de Bergman, María Paula y otros s/ Usucapión”, (Expte. N° 052-2013), cita y emplaza a HÉCTOR GABRIEL PONS, DNI Nº 12.426.104, con ultimo domicilio conocido en calle 59 Nº 1325, planta Baja, Depto. 3 (59 1325 PB 3) de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y/o sus herederos y/o suceso- res, para que en el término de quince días contados desde la última publicación
Página 11, 55, 121, 122, 123, 138, 150, 151, 152, 155 y 156 L.C.T., Art. 1 Ley 23041, Arts. 1, 6, 13, 14, 15, 17 y 18 Ley 22250, Arts. 11 y 16 CCT Nº 76/75, Arts. 1 y 2 Ley 25323) II) Condenar al demandado al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena, desde que fue debido (noviembre/05) hasta el efectivo pago, de con- formidad con los establecidos por la S.C.J.B.A. que son los que paga
fecha de publicación: 07/01/2022
que por todo concepto perciba la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio, en los términos que establecen las BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > viernes 07 de enero de 2022 SECCIÓN OFICIAL > página 75
Página 72(en formato PDF y consignando N° de expediente, nombre, apellido y DNI del deudor) a la cuenta sectordeudas@ips.gba.gov.ar. Finalizado dicho plazo, sin que se haya realizado el pago, se afectaran sus haberes en el 20% de acuerdo a la normativa vigente. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio, en los términos que establecen las Resoluciones N° 9/16 y N° 12/18. ARTÍCULO 3º: Registrar