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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30285 - 24/07/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 13/03/2024

el fraccionamiento de alimentos . Deberá contar con la descripción de contenido, marca, sus correspondientes regis tros y fechas de vencimiento. Bolsas : Para la entrega de los alimentos las mismas deben ser de primer uso y limpias . Personal: Cantidad mínima suficiente para realizar la entrega. El mismo debe contar con la vestimenta completa y limpia, uso de barbijo, guantes y alcohol en gel o alcohol al 70 %. Deberá realizar lavado de manos frecuente y evitar tocarse ojos , boca y nariz. Ante la presencia de un producto que no se encuentre en condiciones aptas para su consumo, según lo descripto anteriormente, deberá separarlo y dar aviso inmediato a la Dirección de UDIS. Identificación del personal: Todo el personal deberá lucir su identidad con una placa

fecha de publicación: 11/06/2024

y su protección frente a cualquier otro agente de riesgo, como ser, Guantes (en presencia y manejo de sustancias químicas), Barbijos (en presencia de sustancias químicas, vapores y materiales particulados), mascarillas acrílicas y cualquier otro E.P.P. necesario de acuerdo a la tarea que se deba realizar. Al comienzo de la contratación la empresa adjudicataria comunicará la nómina completa de su personal, discriminando el que se halle afectado a las tareas de limpieza, así como el personal supervisor o representante legal de la misma, indicando domicilio y número de documento de identidad. Tendrá la obligación de comunicar de inmediato a la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Desarrollo Agrario, cualquier modificación

fecha de publicación: 20/01/2026

, diariamente y en condiciones higiénicas, un equipo de seguridad que conste de: calzado de seguridad, guantes de goma, descarne o acrilo-nitrilo, antiparras de protección, ropa de trabajo, delantales impermeables, barbijos, etc. La contratista impartirá por medio de su especialista en Seguridad e Higiene, charlas periódicas de capacitación sobre riesgos y precauciones necesarias para el manejo y transporte de residuos patogénicos y especiales, procedimientos a cumplir ante accidentes, medidas preventivas, higiene personal, etc. 5.2. La adjudicataria deberá contratar, además de lo estipulado ende las cláusulas generales, seguro de: RESPONSABILIDAD CIVIL ESPECIAL: Con antelación de 48 horas a iniciar el servicio, la adjudicataria deberá contratar un seguro

fecha de publicación: 24/10/2025

debe tener instalación de agua y gas en correcto funcionamiento y ser un espacio con buena ventilación. • Se deberá procurar que aquellos que no estén involucrados en la preparación de los alimentos no ingresen a la cocina ni al depósito. • El personal que realice la elaboración de alimentos deberá usar los elementos de protección personal: guantes, barbijo o tapa boca, cofia y/o cabello prolijo y recogido, uniforme reglamentario, protector facial (máscara). • Las zonas de lavado de manos y utensilios deberán estar abastecidas con cantidades suficientes de jabón desinfectante y papel seca manos. Se deberá mantener en condiciones de salubridad la totalidad de los productos alimenticios, destacando observar la preservación de la cadena de frío

fecha de publicación: 22/04/2026

DE NITRILO CAJAS POR 100 UNIDADES TALLE L SIN POLVO, AMBIDIESTROS COLOR NEGRO O AZUL 1909-0082 9 300 UNIDAD PROVISIÓN DE GUANTES DE NITRILO CAJAS POR 100 UNIDADES TALLE XL SIN POLVO, AMBIDIESTROS COLOR NEGRO O AZUL 1909-0100 10 10.000 UNIDAD PROVISIÓN DE BARBIJO DESCARTABLE, TRICAPA CON BANDA ELASTICA 428-0010 11 9.000 UNIDAD PROVISIÓN DE CAMISOLIN DESCARTABLE DE FRISELINA CON PUÑO ELASTICO ADULTO. 30 GRAMOS O SUPERIOR 915-0036 12 9.000 UNIDAD PROVISIÓN DE COFIA DESCARTABLE DE FRISELINA DE 30 GRAMOS O SUPERIOR 915-0013 13 6.000 UNIDAD PROVISIÓN DE CUBRE CALZADO POR PAR, DESCARTABLE DE 30 GRAMOS O SUPERIOR 915-0078 14 2.500 UNIDAD PROVISIÓN DE JERINGA DESCARTABLE DE 10 MILILITROS 2157-0007 15 2.500 UNIDAD PROVISIÓN DE CATETER NUMERO 14 2161-0171