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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30275 - 08/07/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 08/08/2012

Página 9

PÁGINA 9LA PLATA, MIÉRCOLES 8 DE AGOSTO DE 2012 5240 30/09/2011 Irregularidades laborales en el ámbito privado - Despidos injustificados 5245 30/09/2011 Desalojo - Por necesidad del propietario 5246 30/09/2011 PROFE - Problemas con las prestaciones especiales: Personas con discapacidad 5247 30/09/2011 ARBA - Inmobiliario - Moratoria 5249 30/09/2011 Ordenamiento del transito - Sanciones 5251

Página 39

- Ingresos Brutos - Quejas de Caracter General 8182 02/06/2011 ARBA - Automotor - Otras Quejas de Caracter General 8186 17/06/2011 ARBA - Inmobiliario - Otras Quejas de Caracter General 8187 09/05/2011 ARBA - Inmobiliario - Moratoria 8188 27/05/2011 ARBA - Inmobiliario - Otras Quejas de Caracter General 8189 27/06/2011 ARBA - Inmobiliario - Reclamo Deuda 8190 23/06/2011 ARBA - Inmobiliario - Otras

fecha de publicación: 10/09/2025

Página 39

moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración de convenio, el Departamento Detección Gestión y Recupero de Deudas deberá confeccionar el pertinente título ejecutivo para proceder al recupero de la deuda impuesta.- ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso

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de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado.- ARTÍCULO 4°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración

fecha de publicación: 25/04/2019

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de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad en tareas comunes, no le asistirá derecho a computar los nuevos

fecha de publicación: 29/03/2019

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que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima la deuda que asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 48/100 ($8.414,48) por haberes extraídos

fecha de publicación: 22/04/2019

Página 58

con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad en tareas comunes, no le asistirá derecho a computar los nuevos servicios desempeñados para cualquier reajuste o transformación, conforme art