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fecha de publicación: 17/02/2020
Ciento Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Seis con 66/100 ($138.466,66), 3) Las sumas de condena devengarán intereses moratorios desde la fecha debida, y hasta los diez días posteriores a la notificación de la sentencia. Dejando a salvo la opinión ya vertida en pronunciamientos anteriores por este Tribunal, en cuanto a la facultad conferida a los jueces por el art. 767 del Código Civil
fecha de publicación: 19/05/2020
previa alguna; Que, asimismo, la CLÁUSULA SEXTA dispone que “… En caso de mora de cualquiera de las obligaciones de pago a cargo de Centrales de la Costa Atlántica S.A., la deuda vencida generará en forma automática, además del interés compensatorio establecido en la Cláusula TERCERA, un interés moratorio equivalente al cincuenta (50%) de dicho interés compensatorio por el período en que la mora
fecha de publicación: 10/09/2025
moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración de convenio, el Departamento Detección Gestión y Recupero de Deudas deberá confeccionar el pertinente título ejecutivo para proceder al recupero de la deuda impuesta.- ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso
Página 33de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado.- ARTÍCULO 4°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración
fecha de publicación: 25/04/2019
de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad en tareas comunes, no le asistirá derecho a computar los nuevos
fecha de publicación: 29/03/2019
que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima la deuda que asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 48/100 ($8.414,48) por haberes extraídos
