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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30282 - 21/07/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 01/03/2024

Página 81

a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CB J 014099980': 200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompaña" e comprobante de pago en el plazo antes fijado, o en su defecto remití

fecha de publicación: 16/10/2024

Página 43

que por todo concepto perciba la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80. Se aplicará sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16 y n° 12/18. ARTÍCULO 5°. Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones de la Coordinación

fecha de publicación: 05/09/2025

Página 74

desde el 01/07/2012 al 06/06/2024.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración de convenio, el Departamento Detección

Página 68

/2024.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco

fecha de publicación: 08/09/2025

Página 74

) en concepto de haberes percibidos indebidamente desde el 01/07/2012 al 06/06/2024.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación

Página 68

.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco

fecha de publicación: 11/09/2025

Página 49

legítimo el cargo deudor que asciende a la suma de pesos setecientos trece mil cuatrocientos sesenta y uno con sesenta y cinco centavos ($713.461,65) en concepto de haberes percibidos indebidamente desde el 01/07/2012 al 06/06/2024.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > jueves 11 de septiembre de 2025 SECCIÓN OFICIAL > página 49

Página 44

/08/2024.- INTIMAR a los derecho-habientes para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco