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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 07/01/2026

Página 43

actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTÍCULO 5°. Tome conocimiento el Consejo Consultivo de COR.FO. Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de COR.FO., Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet. Ramiro Vergara, Administrador General. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > miércoles 07 de enero de 2026 SECCIÓN OFICIAL > página 43

fecha de publicación: 29/05/2025

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y LP - 46222 - 2018, por ante el Juzgado Contencioso Administrativo nro. 4 de La Plata y de la Suprema Corte de Justicia, respectivamente. 2- Resolución del Consejo Superior N° 1531/2025 Régimen de moratoria para regularización de deudas de matrícula BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > jueves 29 de mayo de 2025 SECCIÓN OFICIAL > página 77

fecha de publicación: 01/06/2021

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de pesos siete millones doscientos veintiún mil doscientos nueve con 19/100 ($7.221.209,19). INTIMAR al titular para que en e! plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden

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moratorios sobre saldos impagos.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 de! Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en ei plazo antes fijado, o en su defecto remitir el mismo vía electrónica al correo sectordeudas@¡ps.aba,aov.ar. ARTÍCULO 3°. DAR INTERVENCIÓN

fecha de publicación: 12/04/2024

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. - ARTÍCULO 3°: Disponer que una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el art. 61 último párrafo, del Decreto Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18

fecha de publicación: 08/08/2012

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PÁGINA 9LA PLATA, MIÉRCOLES 8 DE AGOSTO DE 2012 5240 30/09/2011 Irregularidades laborales en el ámbito privado - Despidos injustificados 5245 30/09/2011 Desalojo - Por necesidad del propietario 5246 30/09/2011 PROFE - Problemas con las prestaciones especiales: Personas con discapacidad 5247 30/09/2011 ARBA - Inmobiliario - Moratoria 5249 30/09/2011 Ordenamiento del transito - Sanciones 5251

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- Ingresos Brutos - Quejas de Caracter General 8182 02/06/2011 ARBA - Automotor - Otras Quejas de Caracter General 8186 17/06/2011 ARBA - Inmobiliario - Otras Quejas de Caracter General 8187 09/05/2011 ARBA - Inmobiliario - Moratoria 8188 27/05/2011 ARBA - Inmobiliario - Otras Quejas de Caracter General 8189 27/06/2011 ARBA - Inmobiliario - Reclamo Deuda 8190 23/06/2011 ARBA - Inmobiliario - Otras