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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 14/03/2018

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para mantener actualizados los datos de identificación del deudor o responsable, proponiendo las adecuaciones o modificaciones que hacen al proceso de mejora permanente en la operatividad. 3. Sistematizar y controlar los medios necesarios para elaborar el proceso de identificación del deudor para la cobranza extrajudicial de las multas impuestas, convenios y o moratorias impagas. 4. Controlar

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y de la calidad de las distintas dependencias del Ministerio de Trabajo. 6. Fiscalizar las actuaciones por cobro de multas impuestas, convenios y o moratorias impagas, coordinando su actuación con al Subsecretaría de Enlace y Asuntos Jurídicos. 7. Supervisar el funcionamiento de los Registros Ley Nº 10.490, N° 13.880 y RMT N° 44/08 en coordinación con la Subsecretaría de Trabajo. 8. Fiscalizar

fecha de publicación: 20/07/2022

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, EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTÍCULO 1°. Establecer la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fiscales, en cuanto no correspondan a otros organismos estatales, vencidos e impagos, en etapa prejudicial, en el cuarenta y ocho por ciento (48 %) anual, no acumulativo. ARTÍCULO 2°. Establecer la tasa de interés moratorio a aplicar

fecha de publicación: 17/04/2019

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para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un cien por ciento (100%); Que, de conformidad con la normativa citada, corresponde a esta autoridad de aplicación fijar la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fiscales relacionados con la materia ambiental; Que asimismo corresponde establecer la forma en que será prorrateada la tasa de interés fijada

fecha de publicación: 20/01/2016

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) Fiscalizar las actuaciones por cobro de multas impuestas, convenios y o moratorias impagas. 6.1. Dirección de Servicios Técnico- Administrativos a) Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios para la atención del despacho de la Jurisdicción. b) Elaborar y proponer los anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros actos inherentes

fecha de publicación: 22/07/2011

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privada, por cada nivel de enseñanza, se encuentren abiertos o cerrados, para todos los períodos com- prendidos hasta el 31 de diciembre de 2010, y las moratorias impagas. También se encuentran incluidas las deudas reclamadas mediante juicio de apremio y las que se encuentren en etapa prejudicial. Las adhesiones deberán realizarse desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial

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PÁGINA 6455LA PLATA, VIERNES 22 DE JULIO DE 2011 moratoria, se seguirá el siguiente criterio, que será aplicado a partir de la cuota n° 13 del plan, si la variación se hubiera producido en alguna de las 12 primera cuotas. Si por alguna razón la cantidad de cargos no subvencionados del nivel y estableci- miento por el cual se ha adherido al plan, según los declarados en el formulario DIPRE- GEP