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fecha de publicación: 20/07/2022
, EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTÍCULO 1°. Establecer la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fiscales, en cuanto no correspondan a otros organismos estatales, vencidos e impagos, en etapa prejudicial, en el cuarenta y ocho por ciento (48 %) anual, no acumulativo. ARTÍCULO 2°. Establecer la tasa de interés moratorio a aplicar
fecha de publicación: 14/03/2018
para mantener actualizados los datos de identificación del deudor o responsable, proponiendo las adecuaciones o modificaciones que hacen al proceso de mejora permanente en la operatividad. 3. Sistematizar y controlar los medios necesarios para elaborar el proceso de identificación del deudor para la cobranza extrajudicial de las multas impuestas, convenios y o moratorias impagas. 4. Controlar
Página 36y de la calidad de las distintas dependencias del Ministerio de Trabajo. 6. Fiscalizar las actuaciones por cobro de multas impuestas, convenios y o moratorias impagas, coordinando su actuación con al Subsecretaría de Enlace y Asuntos Jurídicos. 7. Supervisar el funcionamiento de los Registros Ley Nº 10.490, N° 13.880 y RMT N° 44/08 en coordinación con la Subsecretaría de Trabajo. 8. Fiscalizar
fecha de publicación: 08/06/2015
BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES PÁGINA 4298 LA PLATA, LUNES 8 DE JUNIO DE 2015 madas mediante juicio de apremio, las deudas concursadas, por cada nivel de enseñan- za, se encuentren abiertos o cerrados, para todos los períodos comprendidos hasta el mes anterior a la adhesión, y las moratorias y/o planes firmes decaídos o vigentes, según el plan por el que opten, a excepción
Página 19en el devengado mensual que provoquen una variación considerable en los montos de las cuotas a pagar por la moratoria, se seguirá el siguiente criterio, que será aplicado a partir de la cuota nº 13 del plan, si la variación se hubiera producido en alguna de las 12 primeras cuotas. Si por alguna razón la cantidad de cargos no subvencionados del nivel educativo, según los declarados en el formulario
fecha de publicación: 30/12/2013
$ 2.527,98 PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL Tasa : Moratoria de Servicios Generales Orden Importe 59 $ 1.264,68 852 $ 1.350,62 1324 $ 289,70 1386 $ 5.602,22 1551 $ 620,19 1605 $ 249,40 2203 $ 477,60 2410 $ 259,72 2718 $ 207,38 3216 $ 1.041,12 3849 $ 254,02 5056 $ 1.061,72 6192 $ 328,00 6985 $ 1.105,60 9587 $ 2.340,66 11107
fecha de publicación: 20/01/2016
) Fiscalizar las actuaciones por cobro de multas impuestas, convenios y o moratorias impagas. 6.1. Dirección de Servicios Técnico- Administrativos a) Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios para la atención del despacho de la Jurisdicción. b) Elaborar y proponer los anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros actos inherentes