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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30275 - 08/07/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 09/05/2025

Página 52

que las normas que fijan las pautas de circulación integran las políticas públicas de seguridad vial; Que el artículo 16 de la Ley N° 13.927 y su reglamentación, regula el régimen de Verificación Técnica Vehicular (VTV) en la Provincia de Buenos Aires, estableciendo que todos los vehículos automotores, tractores, carretones, acoplados y semiacoplados destinados a circular por la vía pública están

fecha de publicación: 29/04/2025

Página 16

para la flota automotor de esta Agencia de Recaudación; extrapresupuestario de VTV, destinado al pago del timbrado correspondiente para la verificación técnica vehicular de aquellos autos en posesión de esta Agencia de Recaudación, cuya radicación se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; determinar, de corresponder, sus responsables y/o modificar los montos asignados por dichos conceptos

Página 17

; pagos de combustible, lubricantes, neumáticos, insumos y servicios relacionados; pagos extrapresupuestarios de patentamiento, destinados a cubrir los gastos de patentamiento de vehículos adquiridos para la flota automotor de esta Agencia de Recaudación; pagos extrapresupuestarios de VTV, destinados al pago del timbrado correspondiente para la verificación técnica vehicular de aquellos vehículos

fecha de publicación: 27/01/2025

El oferente deberá contar con al menos tres vehículos propios o contratados para el transporte de las provisiones, habilitados por todos los organismos técnicos pertinentes, en su área de competencia (Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, SENASA, etcétera) con cumplimiento del Artículo 154 bis del Código Alimentario Argentino. Deberá presentar un listado con detalle de dichos vehículos junto con la siguiente documentación:  Fotocopia certificada de los títulos de propiedad de los vehículos a su nombre;  VTV.  Póliza de seguro de Responsabilidad Civil hacia Terceros.  La documentación que lo habilite para el Transporte de Sustancias Alimenticias extendido por el SENASA.  Licencia de conducir y habilitación de choferes. En caso de ser contratados, fotocopia

fecha de publicación: 06/01/2025

, constancia de alquiler si es privado) de uso del espacio para implantación de obrador. ● Seguros de maquinaria a utilizar en obra y automotores (incluye VTV en caso de corresponder). ● Permiso de ocupación del espacio público municipal. ● Seguro de vida obligatorio y nómina de personal asegurado. ● Aviso de Inicio de Obra y constancia de recibido por la ART. ● Gestión de retiro de los residuos sólidos asimilables a urbanos. ● Constancia de recepción de residuos. - La Contratista deberá realizar las gestiones y consultas pertinentes a entes reguladores, empresas estatales o privadas prestadoras de servicios públicos, propietarios públicos o privados de instalaciones de cualquier otro tipo que interfieran con la traza de la obra. Asimismo, deberá realizar la gestión

fecha de publicación: 20/12/2024

Página 67

Que este Ministerio dictó la Resolución N° 194/23, por la cual, se estableció que, a partir del día 1° de febrero del 2024, las concesionarias del servicio de Verificación Técnica Vehicular (VTV), deberán informar y certificar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 14.897, acreditando la instalación de equipos de cámaras de seguridad, en las unidades vehiculares afectadas al servicio

Página 66

de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, N° 194/23 y N°88/24 del Ministerio de Transporte, y CONSIDERANDO: Que mediante el expediente N° 49432771/2023 citado ut supra se aprobó por Resolución N° 1/2024 de este organismo el Manual de Procedimientos de la Verificación técnica Vehiaulr ( VTV); Que la Ley 14987 tiene por objeto el establecimiento y regulación de las Cámaras de Seguridad en las unidades