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fecha de publicación: 19/06/2012
2936-9/10, por el cual la firma Traeco S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de diversas facturas, Por ello, en ejer- cicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5000/89 el Ministro de Salud Resuelve Artículo 1º. Rechazar el pedido de intereses moratorias efectuado por la firma Traeco S.A., respecto de las facturas Nº 6511, Nº 6666, Nº 6713, Nº 6633, Nº 6770, Nº 6818
Página 31y agregado acumulado Nº 2900-9016/10 alcance 1, por el cual la firma Pamat S.A., en su carácter de cesionaria de la firma Aseos Integrales S.A., solicita el reconocimiento de intereses moratorias, por el pago tardío de las factu- ras cuya cancelación tramitó por expedientes Nº 2900-67002/08 Y Nº 2928-2693/07, Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5000/89 el Ministro
fecha de publicación: 22/06/2012
ante esta Dirección de Servicios Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 nº 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 26 de octubre de 2011. Visto el expediente Nº 2936-9/10, por el cual la firma Traeco S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de diversas facturas, Por ello, en ejer- cicio de las facultades que le confiere el Decreto
Página 24Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 nº 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 29 de diciembre de 2011. Visto el expediente Nº 2900-9016/10 y agregado acumulado Nº 2900-9016/10 alcance 1, por el cual la firma Pamat S.A., en su carácter de cesionaria de la firma Aseos Integrales S.A., solicita el reconocimiento de intereses moratorias
fecha de publicación: 05/07/2012
. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi- no al vencimiento. Artículo 6
Página 23fuera del término legal. 3) Consideración de la Memoria, Estados Contables, Evolución del Patrimonio Neto con sus Notas y Anexos correspondientes a los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 1.993 a 2011 ambos inclusive. 4) Consideración de la gestión de los Directores. 5) Elección de los miembros del Directorio. 6) Cambio de domicilio social. 7) Consideración de hechos relevantes: a) Moratoria
fecha de publicación: 23/04/2019
sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad
fecha de publicación: 25/03/2019
1° del acervo sucesorio que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima la deuda que asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 48/100

