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fecha de publicación: 16/11/2016
que hubieran generado saldo a pagar –entiéndase saldo a favor de ARBA- supe- rior a 0 (cero). Un anticipo estará totalmente abonado cuando la suma de los créditos regis- trados para el mismo a favor del contribuyente, sea mayor o igual al saldo a abonar gene- rado en la declaración jurada. Se considerarán los créditos por pago directo y moratorias. 2.2) INDICADOR DE DIFERENCIA DE ALÍCUOTAS El Indicador
fecha de publicación: 28/03/2019
del pertinente titulo ejecutivo para proceder al recupero de la deuda declarada legitima en el articulo 1° del acervo sucesorio que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima
fecha de publicación: 25/03/2019
1° del acervo sucesorio que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima la deuda que asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 48/100
fecha de publicación: 22/04/2022
) de las sumas que por todo concepto perciba la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, hasta la cancelación total de la deuda. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio, en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16 y n°12/18. ARTÍCULO 3o: Registrar. Pasar las actuaciones
fecha de publicación: 05/04/2018
al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. Artículo 5º: Aplicar una bonifi cación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. Artículo 6º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo