BIENVENIDOS AL

image/svg+xml

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Descarga los ejemplares.

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 23/04/2019

Página 42

sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n°12/18. ARTÍCULO 5°: Dejar constancia que no habiendo denunciado en tiempo y forma el reingreso a la actividad

fecha de publicación: 29/12/2022

Página 111

y las que se hubieren generado como consecuencia de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en relación con el coronavirus (COVID-19) hasta el vencimiento de la emergencia sanitaria que opera el 31/12/2022 conforme el Decreto Nº 382/2022. Para ello deberá aplicar una reducción de los intereses moratorios que se hubiesen acumulado desde la fecha de vencimiento de cada factura

fecha de publicación: 01/06/2021

Página 189

de pesos siete millones doscientos veintiún mil doscientos nueve con 19/100 ($7.221.209,19). INTIMAR al titular para que en e! plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden

Página 184

moratorios sobre saldos impagos.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 de! Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en ei plazo antes fijado, o en su defecto remitir el mismo vía electrónica al correo sectordeudas@¡ps.aba,aov.ar. ARTÍCULO 3°. DAR INTERVENCIÓN

fecha de publicación: 21/12/2017

Página 20

que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al diez por ciento (10 %) del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. ARTÍCULO 6°: Tome conocimiento el Consejo

fecha de publicación: 22/06/2012

Página 23

ante esta Dirección de Servicios Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 nº 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 26 de octubre de 2011. Visto el expediente Nº 2936-9/10, por el cual la firma Traeco S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de diversas facturas, Por ello, en ejer- cicio de las facultades que le confiere el Decreto

Página 24

Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 nº 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 29 de diciembre de 2011. Visto el expediente Nº 2900-9016/10 y agregado acumulado Nº 2900-9016/10 alcance 1, por el cual la firma Pamat S.A., en su carácter de cesionaria de la firma Aseos Integrales S.A., solicita el reconocimiento de intereses moratorias