BIENVENIDOS AL

image/svg+xml

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Descarga los ejemplares.

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 16/11/2016

Página 12

que hubieran generado saldo a pagar –entiéndase saldo a favor de ARBA- supe- rior a 0 (cero). Un anticipo estará totalmente abonado cuando la suma de los créditos regis- trados para el mismo a favor del contribuyente, sea mayor o igual al saldo a abonar gene- rado en la declaración jurada. Se considerarán los créditos por pago directo y moratorias. 2.2) INDICADOR DE DIFERENCIA DE ALÍCUOTAS El Indicador

fecha de publicación: 28/03/2019

Página 43

del pertinente titulo ejecutivo para proceder al recupero de la deuda declarada legitima en el articulo 1° del acervo sucesorio que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima

fecha de publicación: 25/03/2019

Página 59

1° del acervo sucesorio que tramite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 2 Secretaria Única de Olavarria, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18, ARTÍCULO 4°: Declarar legitima la deuda que asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 48/100

fecha de publicación: 22/06/2012

Página 23

ante esta Dirección de Servicios Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 nº 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 26 de octubre de 2011. Visto el expediente Nº 2936-9/10, por el cual la firma Traeco S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de diversas facturas, Por ello, en ejer- cicio de las facultades que le confiere el Decreto

Página 24

Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 nº 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 29 de diciembre de 2011. Visto el expediente Nº 2900-9016/10 y agregado acumulado Nº 2900-9016/10 alcance 1, por el cual la firma Pamat S.A., en su carácter de cesionaria de la firma Aseos Integrales S.A., solicita el reconocimiento de intereses moratorias

fecha de publicación: 19/06/2012

Página 30

2936-9/10, por el cual la firma Traeco S.A., solicita el pago de intereses moratorias, respecto de diversas facturas, Por ello, en ejer- cicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5000/89 el Ministro de Salud Resuelve Artículo 1º. Rechazar el pedido de intereses moratorias efectuado por la firma Traeco S.A., respecto de las facturas Nº 6511, Nº 6666, Nº 6713, Nº 6633, Nº 6770, Nº 6818

Página 31

y agregado acumulado Nº 2900-9016/10 alcance 1, por el cual la firma Pamat S.A., en su carácter de cesionaria de la firma Aseos Integrales S.A., solicita el reconocimiento de intereses moratorias, por el pago tardío de las factu- ras cuya cancelación tramitó por expedientes Nº 2900-67002/08 Y Nº 2928-2693/07, Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5000/89 el Ministro