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fecha de publicación: 02/02/2023
adeudados de manera incorrecta, dado que pretende actualizar los períodos impagos desde el día siguiente al cierre del periodo en cuestión y presentación de la DDJJ y no desde la fecha de vencimiento de la obligación de pago tal cual lo establece el Art. 5 de la Res. MIVSP 168/12 que reglamenta el funcionamiento del FITBA”; Que asimismo indica, “tanto la resolución MIYSP 168/2012 como las moratorias
Página 50; Que la Resolución MIySP N° 977/2020 define la aplicación de una tasa activa efectiva mensual promedio del Banco Nación para operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días de plazo, modificando el criterio que venía siendo utilizado tanto por la Resolución MIySP N° 168/2012 como en las moratorias anteriores Resolución MIySP N° 1083/2016; que establecía la aplicación de la tasa anual
fecha de publicación: 26/10/2016
el inicio de actuaciones sumariales por el perjuicio fiscal oca- sionado en el pago de intereses moratorios. TÍTULO III: PENALIDADES Y SANCIONES CAPÍTULO ÚNICO ARTÍCULO 24: PENALIDADES Y SANCIONES. Apartado 1: Rescisión. El incumplimiento de la prestación comprometida por el proveedor se constatará mediante certificación de la dependencia a cargo de la recepción de los bienes o servi- cios
fecha de publicación: 03/07/2017
fiscal ocasionado en el pago de intereses moratorios. DECIMOCTAVA: Para la resolución en casos de controversias de todas las cuestiones que se susciten por la aplicación del presente convenio, las partes se someten a la Jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata. DECIMONOVENA: Del domicilio y notificaciones: A tales fines, “EL MINISTERIO
fecha de publicación: 17/04/2024
con posterioridad al fallecimiento del causante INTIMAR a los derecho habientes a que en plazo de veinte (20) días cancelen la deuda o celebren un convenio de pago conforme la Resolución 12/18 bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones legales pertinentes contra el acervo sucesorio. Para el primer supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta
Página 26la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el art. 61 último párrafo, del Decreto Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución n° 12/18.- ARTÍCULO 4°: Dejar constancia que conforme el singular marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto n° 132/2020 y lo establecido
fecha de publicación: 08/05/2023
SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 06/100 ($177.377,06) ARTÍCULO 2°: Afectar el haber previsional en el 20 % (veinte por ciento) de las sumas que por todo concepto perciba la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto- Ley 9650/80 Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio
Página 83, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, último párrafo, del Decreto Ley N° 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N° 12/18. ARTÍCULO 5°. Disponer que los servicios desempeñados durante todo el período de incompatibilidad no podrán se computados por la titular para obtener cualquier reajuste o transformación de su beneficio, atento a lo dispuesto en el artículo