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fecha de publicación: 14/11/2016
la primera vez). Cédula Verde o Cédula Azul Original. DNI y Licencia de Conducir Original. Si requiere Factura A, comprobante de CUIT. Cédula Amarilla GNC (si corresponde). Informe de Verificación Anterior (sólo para reverificaciones). Si su vehículo está afectado al uso de un discapacitado, no debe abonar la vtv, deben presentar: - Certificado de discapacidad. - Certificado de uso
Página 15no obligatorios al momento de su salida de fábrica. 61 La p ri m er a lic en ci a de c on du ci r E du ca ci ón V ia l Pasos y controles de la VTV Estado de los neumáticos y llantas. Control de luces reglamentarias. Control de elementos de seguridad y emergencia. Control del chasis. Eficacia de la dirección y tren delantero. Limpiaparabrisas. Aspectos sobre contaminación
fecha de publicación: 11/07/2016
el transporte de las provisiones. La documen- tación a presentar será la siguiente: • Fotocopia certificada de los títulos de propiedad de los vehículos a su nombre; • VTV. • Póliza de seguro de Responsabilidad Civil hacia Terceros. • La documentación que lo habilite para el Transporte de Sustancias Alimenticias extendido por el SENASA. En caso de ser contratados, fotocopia certificada
fecha de publicación: 27/06/2016
de Verificación Técnica Vehicular (VTV) de la Provincia de Buenos Aires; Que dichas empresas prestan el servicio en las once (11) zonas en que se encuentra dividida la Provincia de Buenos Aires a tales efectos; Que el artículo 3º de las Adendas de Adecuación establece un modelo estructural económico sobre la base del método denominado Empresa Modelo, cuyos valores res- ponden al de una empresa
fecha de publicación: 29/04/2016
, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 3.118/07 se aprobaron las Addendas de Adecuación Contractual de las Empresas Concesionarias de Verificación Técnica Vehicular (VTV) de la Provincia de Buenos Aires; Que dichas empresas prestan el servicio en las once (11) zonas en que se encuentra dividida la Provincia de Buenos Aires a tales efectos; Que el Artículo 3º de las Addendas de Adecuación estableció
fecha de publicación: 23/07/2015
y aprobada por el mencio- nado Decreto; Que el artículo 5º de las Addendas establece el régimen y procedimiento de las revi- siones extraordinarias de tarifas, resultando aplicable dicho procedimiento cuando se cumpla una primera condición de variación del siete por ciento (7%) respecto de un índi- ce de referencia (60% índice de actualización del Convenio Colectivo de Trabajo de SMATA – VTV // 40

