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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 16/08/2018

Página 11

por la fi rma en la que renuncia a los intereses moratorios y compensatorios solicitados; Que a fojas 68 la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de este Ministerio, informa que el servicio que originó el reclamo resultaba imprescindible para el correcto funcionamiento de la misma y que aplazar temporalmente la entrega de los insumos suponía un gravísimo perjuicio a la gestión

fecha de publicación: 30/09/2020

Página 67

intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado, o en su defecto remitir el mismo vía electrónica al correo sectordeudas@ips.qba.qov.ar

fecha de publicación: 12/07/2023

Página 56

por ciento) de las sumas que por todo concepto perciba la deudora, hasta la cancelación total. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio, en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16 y n° 12/18. ARTÍCULO 3º: Dejar establecido que respecto de lo peticionado por la beneficiaría en su presentación de fs.67, la bonificación tareas nocturnas se abona correctamente, restando

fecha de publicación: 03/10/2023

Página 73

para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata

fecha de publicación: 28/08/2017

Página 9

los importes percibidos de más (artículo 4 inciso h) del Subanexo E, Reglamento de Suministro y Conexión) deberá aplicar los intereses y penalidades previstos en el reglamento; Que de conformidad con lo previsto en el artículo 768 del Código Civil y Comercial en caso de mora corresponde abonar los intereses moratorios; Que en el marco del servicio público de distribución de electricidad