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fecha de publicación: 07/01/2013
moratorios, respecto de las facturas cuya cancelación tramitó por expedientes N° 2970-3985/02, N° 2970-4061/02, N° 2970- 4229/02, N° 2970-4366/02, N° 2970-4496/02, N° 2970-4614/02, N° 2970-4880/02, N° 5500-1827/03, N° 5500-1674/03, N° 5500-1824/03, N° 5500-2057/03, N° 2999-359/02, N° 2999-393/02, N° 2999-403/02, N° 2999-417/02, N° 2953-380/02, N° 2953-388/02, N° 2953-392/02, N° 2953-403/02, N° 2996
fecha de publicación: 08/01/2013
de Servicios Técnicos Administrativos - Mrio. de Salud - 51 N° 1120 La Plata, se ha dictado la Resolución 11112 que a continuación se transcribe: La Plata, 20 de septiembre de 2012. Visto el expediente N° 5500-705/06, por el cual la firma Integralco S.A., solicita el pago de intereses moratorios, respecto de las facturas cuya cancelación tramitó por expedientes N° 2970-3985/02, N° 2970-4061/02, N° 2970
fecha de publicación: 09/01/2013
de intereses moratorios, respecto de las facturas cuya cancelación tramitó por expedientes N° 2970-3985/02, N° 2970-4061/02, N° 2970- 4229/02, N° 2970-4366/02, N° 2970-4496/02, N° 2970-4614/02, N° 2970-4880/02, N° 5500-1827/03, N° 5500-1674/03, N° 5500-1824/03, N° 5500-2057/03, N° 2999-359/02, N° 2999-393/02, N° 2999-403/02, N° 2999-417/02, N° 2953-380/02, N° 2953-388/02, N° 2953-392/02, N° 2953-403
fecha de publicación: 23/12/2025
, naturaleza y/o concepto, con más un interés moratorio, desde que la suma es debida, del dos por ciento (2 %) mensual, proporcional al tiempo de la mora y hasta su efectivo pago. Dicho interés será aplicado sobre la obligación establecida en moneda de dólares estadounidenses de acuerdo a la conversión dispuesta en el artículo 7° apartado b.2. de la presente Ordenanza. El interés moratorio
fecha de publicación: 19/03/2019
dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorias establecidos en la Resolución N°12/18. ARTÍCULO 6°: Para el supuesto de que no haya sucesorio abierto, a fin de posibilitar la notificación del acto administrativo que se dicte en consecuencia y habilitar en su caso la confección del pertinente titulo ejecutivo, se deberá arbitrar
Página 34disponer que una vez transcurrido el plazo establecido en el párrafo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N°12/18; Que para el supuesto

