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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30239 - 15/05/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 26/05/2021

Página 76

Contractual suscriptas por el entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos con las empresas concesionarias -VTV Norte S.A., Applus Iteuve Argentina S.A., ITV S.A., ITEVEBA S.A., Concesionaria Zona 5 S.A., Verauto La Plata S.A., VTV Verificaciones Técnicas Vehiculares de Argentina S.A. y VTV Noroeste S.A.; Que a través de las citadas adendas se definió un modelo estructural

fecha de publicación: 20/05/2021

Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 471 Todo vehículo, equipo y maquinaria pesada a utilizar durante la ejecución del contrato, que utilice combustible líquido para su funcionamiento, deberá contar con la Revisión Técnica Obligatoria (VTV) vigente, Ley 11.430., que verifique el buen estado mecánico y de carburación, a fin de reducir las emisiones. Se adoptarán medidas de preventivas destinadas a evitar los escapes de combustibles o lubricantes que puedan afectar los suelos o cuerpos de agua, temporarios o permanentes. Preferentemente todo el aprovisionamiento y mantenimiento de los equipos y maquinaria, se deberá llevar a cabo en el sector del obrador destinado a tal efecto. Debiéndose almacenar los residuos de manera adecuada para su ulterior traslado ...

disponer de medidas de precaución y control. Se debe cumplir con las medidas sobre control de emisiones dispuestas por la autoridad competente para minimizar las emisiones producidas por las tareas de construcción, por ejemplo: - Reducir las emisiones de los equipos de construcción, apagando todo equipo que no esté siendo efectivamente utilizado. - Reducir las congestiones de tránsito relacionadas con la construcción. - Afinar y mantener adecuadamente los equipos de construcción. Todo vehículo, equipo y maquinaria pesada a utilizar durante la ejecución de la obra, que utilice combustible líquido para su funcionamiento, deberá contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente, Ley 11.430., que certifique el buen estado mecánico y de carburación, a fin de reducir

fecha de publicación: 12/05/2021

de lo dispuesto por el artículo 121 de la Ley N° 15.079. Como constancia de lo anterior, la repartición debe emitir el correspondiente Certificado de Cumplimiento Fiscal (A404-W). 37. DE LOS VEHÍCULOS La adjudicataria tendrá que presentar un listado donde se establezcan los vehículos con que realizarán el transporte de las provisiones. Los mismos deberán ser propios del oferente. NO podrán ser contratados a un tercero. La documentación a presentar será la siguiente: Página 14 de 14 • Fotocopia certificada de los títulos de propiedad de los vehículos a su nombre; • VTV. • Póliza de seguro de Responsabilidad Civil hacia Terceros. • La documentación que lo habilite para el Transporte de Sustancias Alimenticias extendido por el SENASA. 38

fecha de publicación: 06/05/2021

Página 44

transportadas constancia de VTV vigente durante el periodo de la comisión. La utilización del vehículo particular por parte de los empleados es un acto voluntario y no genera obligación alguna para el CGPCR por eventuales desperfectos o daños al vehículo o a terceros. 3.6 ALOJAMIENTO: Se espera que los empleados utilicen el alojamiento más económico y adecuado para las circunstancias

fecha de publicación: 04/05/2021

para su funcionamiento, deberá contar con la Revisión Técnica Obligatoria (VTV) vigente, Ley 11.430., que verifique el buen estado mecánico y de carburación, a fin de reducir las emisiones. Se adoptarán medidas de preventivas destinadas a evitar los escapes de combustibles o lubricantes que puedan afectar los suelos o cuerpos de agua, temporarios o permanentes. Preferentemente todo el aprovisionamiento y mantenimiento de los equipos y maquinaria, se deberá llevar a cabo en el sector del obrador destinado a tal efecto. Debiéndose almacenar los residuos de manera adecuada para su ulterior traslado al sitio de tratamiento. Cuando las tareas de aprovisionamiento y mantenimiento deban llevarse a cabo fuera del obrador, se deberán tomar los recaudos para evitar ...

, que utilice combustible líquido para su funcionamiento, deberá contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente, Ley 11.430., que certifique el buen estado mecánico y de carburación, a fin de reducir las emisiones. a- Control de polvo suelto y humo: No se emitirán a la atmósfera humo, polvo u otros elementos contaminantes del aire, en cantidades que configuren una infracción a las reglamentaciones establecidas por la autoridad competente. Se debe controlar las emisiones de los equipos según los requerimientos de las autoridades competentes. Se deberá DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y CLOACAS 321 − Medir periódicamente la emisión de polvo a fin de verificar de que se encuentra dentro de los límites permitidos. − Proporcionar cobertores ...

cumplir con las medidas sobre control de emisiones dispuestas por la autoridad competente para minimizar las emisiones producidas por las tareas de construcción, por ejemplo: - Reducir las emisiones de los equipos de construcción, apagando todo equipo que no esté siendo efectivamente utilizado. - Reducir las congestiones de tránsito relacionadas con la construcción. - Afinar y mantener adecuadamente los equipos de construcción. Todo vehículo, equipo y maquinaria pesada a utilizar durante la ejecución de la obra, que utilice combustible líquido para su funcionamiento, deberá contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente, Ley 11.430, que certifique el buen estado mecánico y de carburación, a fin de reducir las emisiones. a- Control de polvo ...

contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) obligatoria al día.  Todos los conductores deberán tener licencia de conducir de categoría acorde al vehículo que condujeren y al día.  No podrá trasladarse en un mismo vehículo, personal y materiales. 9) PROGRAMA DE SEGURIDAD E HIGIENE Se deberá cumplir con lo especificado en el Artículo “Programa de Seguridad e Higiene en la Obra” del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Para cada uno de los programas desarrollados se deberán contemplar las medidas de Higiene y Seguridad previstas por la Ley 19587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Dec. Reglamentario 351/79 y otros; y la Ley 24557 de Riesgos en el Trabajo (ART). En particular deberá tenerse en cuenta lo dispuesto Decreto 911/97 Reglamentario