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fecha de publicación: 09/01/2025
de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un cien por ciento (100 %); Que en el marco de la normativa citada, corresponde a esta autoridad de aplicación fijar la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fiscales relacionados con la materia ambiental; Que por Resolución OPDS N°459/18 (b.o. 01/11/2018), se estableció la tasa de interés
Página 38del Código Fiscal (Ley Nº 10.397 - t.o. Resolución N°39/11 y modific.-) y de la Ley N°15.477; Por ello, LA MINISTRA DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTÍCULO 1º. Establecer la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fiscales vencidos e impagos de este Ministerio de Ambiente en el noventa y seis por ciento (96 %) anual, no acumulativo, hasta el día de su pago
fecha de publicación: 18/10/2024
contribución por Gastos Administrativo con carácter general de acuerdo con el IF-2024-36008404-GDEBA-GACFVRC por hectárea empadronada con concesión de riego, para los usuarios mencionados en el IF-2024-36150865-GDEBA- GTCFVRC cuyo vencimiento operará el día 18/10/2024.- ARTÍCULO 6º: Manténgase el interés moratorio en el 1,5 % mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2, y 5
Página 38, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente.- ARTÍCULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de COR.FO. Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de COR.FO., Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet.- Ramiro Vergara, Administrador General. ANEXO/S IF-2024-35599544-GDEBA- GACFVRC
fecha de publicación: 03/07/2018
a Consorcios de Riego que adhieran a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 16/07/2018.- ARTÍCULO 7º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual.- ARTÍCULO 8º: Aplicar una bonifi cación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113
Página 4complimiento y se agrega la documentación solicitada por la entonces Dirección de Auditoría y Evaluación Interna; Que de ello surge que el precio mensual facturado es igual al contemplado en la Orden de Compra Nº 332/16, con vigencia hasta abril de 2017, no existiendo perjuicio fi scal alguno; Que a fojas 50, se adjunta nota elevada por la fi rma en la que renuncia a los intereses moratorios
fecha de publicación: 12/05/2017
, cuyas modali- dades se especificarán en su oportunidad. SEXTA. LA MUNICIPALIDAD se compromete a notificar por vía electrónica en cada expediente iniciado con la modalidad descripta en este Convenio, el desis- timiento, la conciliación o cualquier otra incidencia que dé lugar a un modo anor- mal de terminación del proceso así como el acogimiento del contribuyente a moratorias o planes de pago
fecha de publicación: 19/12/2014
, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 3°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113, inciso b) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. Artículo 4°: Notifíquese al Consorcio Hidráulico, Gerencia Administrativa y Gerencia Técnica de la Corporación. Publíquese por 1 (uno) día en el Boletín Oficial y en el sitio

