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fecha de publicación: 26/06/2024
MINISTERIO DE GOBIERNO RESOLUCIÓN N° 294-MGGP-2024 LA PLATA, BUENOS AIRES Martes 11 de Junio de 2024 VISTO el expediente electrónico N° EX-2023-53135703-GDEBA-DPOUYTMGGP, mediante el cual tramita la incorporación al régimen de “Empadronamiento y Registración”, del Barrio Cerrado “Aluen”, en jurisdicción del partido de Ezeiza, en el marco de la Resolución N° 360/22 del Ministerio
Página 116y complementario del 19 de junio de 2024 3) Althea S.R.L. 4) calle 68 número 279 cdad. y pdo. de La Plata, 5) Administración de conjuntos inmobiliarios, edificios, barrios cerrados, clubes de campo; servicios de administración, procesamiento de datos, liquidación, rendición y gestión de cobros y pagos, control de personal, proveedores y clientes, secretariado, mensajería; servicio de limpieza, mantenimiento
fecha de publicación: 09/09/2019
de comunicaciones y vehículos no se hallan declarados; Que debidamente emplazada, la firma Barrio Cerrado Parque Las Naciones (El Sol Sociedad Anónima Comercial Industrial y Financiera) compareció a ejercer su derecho de defensa en tiempo y forma, presentando un escrito de descargo. En tanto, debidamente emplazada la empresa PREVENT SECURITY S.R.L. no compareció a ejercer su derecho de defensa en tiempo y forma
Página 41Visto el expediente Nº 21.100-715.496/17, correspondiente a la causa contravencional Nº 7.474, en la que resulta imputada la prestadora de servicios de seguridad privada COM PRIVADA S.R.L., y Considerando: Que mediante el acta de fojas 1 y 2, labrada el 7 de abril de 2017, en un objetivo denominado Barrio Cerrado La Chacra, sito en la calle Sarratea N° 3100 de la localidad de Victoria, partido
fecha de publicación: 13/01/2015
, EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DISPONE: ARTÍCULO 1°, Sustituir el artículo 32 de la Disposición Técnico Registral N° 14/2010, el que queda redactado de la siguiente forma: “Las Unidades Funcionales pertenecien- tes a emprendimientos urbanísticos denominados Clubes de Campo y Barrios Cerrados, como así también las Unidades Funcionales integrantes de la planta urbana, originadas
Página 1de información previsto en el artículo 544 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/04 y modificatorias, a los consorcios regulados por la Ley N° 13.512 y cualquier enti- dad que administre clubes de campo, barrios cerrados, clubes de chacra o emprendi- mientos similares, en cuyo ámbito existan lugares para fondeo, amarre o guarda de las embarcaciones. Ello con fundamento en lo prescripto
fecha de publicación: 13/01/2015
, EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DISPONE: ARTÍCULO 1°, Sustituir el artículo 32 de la Disposición Técnico Registral N° 14/2010, el que queda redactado de la siguiente forma: “Las Unidades Funcionales pertenecien- tes a emprendimientos urbanísticos denominados Clubes de Campo y Barrios Cerrados, como así también las Unidades Funcionales integrantes de la planta urbana, originadas
Página 1de información previsto en el artículo 544 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/04 y modificatorias, a los consorcios regulados por la Ley N° 13.512 y cualquier enti- dad que administre clubes de campo, barrios cerrados, clubes de chacra o emprendi- mientos similares, en cuyo ámbito existan lugares para fondeo, amarre o guarda de las embarcaciones. Ello con fundamento en lo prescripto
fecha de publicación: 31/12/2013
, y las Resoluciones Nros. 194/03 y 27/10, y CONSIDERANDO: Que razones de oportunidad y conveniencia llevaron al Poder Ejecutivo a disponer la descentralización del procedimiento de aprobación de las Urbanizaciones Cerradas encuadradas en los Decretos N° 9404/86 y N° 27/98, que comprenden a los Clubes de Campo y a los Barrios Cerrados, respectivamente; Que a tal efecto se dictó el Decreto N° 1727/02
Página 4211/05/1973, DNI 23.369.317, CUIL 27- 23369317-6, domiciliada Ruta 47, Km.1.5, Barrio Cerrado Arroyo Dulce UF 202 de Luján, Prov. Bs. As. 2) Inst. Priv. del 07/11/2013. 3) Koch-Rapela Arquitectura S.R.L. 4) Sede Social: Humberto Primo 924 de la localidad y parti- do de Luján, Prov. Bs. As. 5) 99 años desde inscripción D.P.P.J. 6) Capital: $10.000 dividido en 1.000 cuotas de $10 valor nominal c/u

