BIENVENIDOS AL

image/svg+xml

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Descarga los ejemplares.

ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30022 - 25/06/2025Ver anteriores

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 12/02/2014

Página 11

, 6 de septiembre de 2013. Visto el expediente N° 2900-52387/12, por el cual la firma Buenos Aires Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío

fecha de publicación: 08/01/2024

Página 182

de la deuda fiscal que pudiera generar el bien con la Municipalidad. Artículo 51: Los certificados de deuda regulados en la Ley 14.351 deberán presentarse junto con el respectivo estado parcelario y el informe que se emita tendrá una vigencia de diez (10) días corridos desde su emisión, sin perjuicio de la vigencia de los planes de pago y/o moratorias. Cuando se haya iniciado un procedimiento

fecha de publicación: 14/02/2014

Página 14

Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío de la factura cuya cancelación tramitó por expediente N° 2991-1858/11, por los motivos expuestos

fecha de publicación: 16/12/2022

Página 22

Dieciocho con 91/100 ($238.218,91.-), en concepto de los rubros reseñados en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara en base a la Tasa Pasiva Bip -Tasa pasiva opción plazo fijo digital a 30 días- desde que cada suma resultó devengada y hasta la fecha de la presente (Arts. 7 y 768 del Código Civil y Comercial de la Nación; SCBA

fecha de publicación: 03/07/2018

Página 5

a Consorcios de Riego que adhieran a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 16/07/2018.- ARTÍCULO 7º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual.- ARTÍCULO 8º: Aplicar una bonifi cación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113

Página 4

complimiento y se agrega la documentación solicitada por la entonces Dirección de Auditoría y Evaluación Interna; Que de ello surge que el precio mensual facturado es igual al contemplado en la Orden de Compra Nº 332/16, con vigencia hasta abril de 2017, no existiendo perjuicio fi scal alguno; Que a fojas 50, se adjunta nota elevada por la fi rma en la que renuncia a los intereses moratorios