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fecha de publicación: 12/05/2017
, cuyas modali- dades se especificarán en su oportunidad. SEXTA. LA MUNICIPALIDAD se compromete a notificar por vía electrónica en cada expediente iniciado con la modalidad descripta en este Convenio, el desis- timiento, la conciliación o cualquier otra incidencia que dé lugar a un modo anor- mal de terminación del proceso así como el acogimiento del contribuyente a moratorias o planes de pago
fecha de publicación: 27/04/2022
con la doctrina legal de la S.C.J.B.A. reseñada en sentencia. IV) Condenar al demandado al pago de intereses moratorios sobre el capital nominal de condena, desde que cada crédito fue debido (julio/2001) a la tasa de interés que abonaba por el Banco Provincia de Buenos Aires en los depósitos a plazo fijo a treinta días que suministra el sistema informático de la S.C.J.B.A. hasta la implementación
fecha de publicación: 19/10/2011
lo hará incurrir en mora quedando el BANCO expresa- mente autorizado a percibir sobre los montos no abonados y por el término que dure ésta un interés moratorio equivalente a la tasa compensatoria incrementada en un 50% y se calculará sobre el total vencido e impago. La mora en el pago de dos cuotas dará dere- cho al BANCO a considerar el préstamo como de plazo vencido, a exigir la íntegra can
fecha de publicación: 24/12/2025
a la Municipalidad de Necochea los monto/s adeudados, cualquiera fuere su origen, naturaleza y/o concepto, con más un interés moratorio, desde que la suma es debida, del dos por ciento (2 %) mensual, proporcional al tiempo de la mora y hasta su efectivo pago. Dicho interés será aplicado sobre la obligación establecida en moneda de dólares estadounidenses de acuerdo a la conversión dispuesta en el artículo
fecha de publicación: 14/02/2014
Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío de la factura cuya cancelación tramitó por expediente N° 2991-1858/11, por los motivos expuestos
