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fecha de publicación: 09/01/2024
solidariamente responsables a las personas mencionadas de la deuda fiscal que pudiera generar el bien con la Municipalidad. Artículo 51: Los certificados de deuda regulados en la Ley 14.351 deberán presentarse junto con el respectivo estado parcelario y el informe que se emita tendrá una vigencia de diez (10) días corridos desde su emisión, sin perjuicio de la vigencia de los planes de pago y/o moratorias
fecha de publicación: 27/04/2022
con la doctrina legal de la S.C.J.B.A. reseñada en sentencia. IV) Condenar al demandado al pago de intereses moratorios sobre el capital nominal de condena, desde que cada crédito fue debido (julio/2001) a la tasa de interés que abonaba por el Banco Provincia de Buenos Aires en los depósitos a plazo fijo a treinta días que suministra el sistema informático de la S.C.J.B.A. hasta la implementación
fecha de publicación: 19/10/2011
lo hará incurrir en mora quedando el BANCO expresa- mente autorizado a percibir sobre los montos no abonados y por el término que dure ésta un interés moratorio equivalente a la tasa compensatoria incrementada en un 50% y se calculará sobre el total vencido e impago. La mora en el pago de dos cuotas dará dere- cho al BANCO a considerar el préstamo como de plazo vencido, a exigir la íntegra can
fecha de publicación: 12/02/2014
, 6 de septiembre de 2013. Visto el expediente N° 2900-52387/12, por el cual la firma Buenos Aires Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío
fecha de publicación: 08/01/2024
de la deuda fiscal que pudiera generar el bien con la Municipalidad. Artículo 51: Los certificados de deuda regulados en la Ley 14.351 deberán presentarse junto con el respectivo estado parcelario y el informe que se emita tendrá una vigencia de diez (10) días corridos desde su emisión, sin perjuicio de la vigencia de los planes de pago y/o moratorias. Cuando se haya iniciado un procedimiento