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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 08/01/2024

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de la deuda fiscal que pudiera generar el bien con la Municipalidad. Artículo 51: Los certificados de deuda regulados en la Ley 14.351 deberán presentarse junto con el respectivo estado parcelario y el informe que se emita tendrá una vigencia de diez (10) días corridos desde su emisión, sin perjuicio de la vigencia de los planes de pago y/o moratorias. Cuando se haya iniciado un procedimiento

fecha de publicación: 15/04/2013

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que el Juzgado determinará de acuerdo a la gravedad de la falta y perjuicio que irrogue y que no podrá ser superior al 0,1% diario sobre los montos abonados, desde el día del incumplimiento. C) Intereses moratorios: Sin perjuicio de lo previsto precedentemente para el caso de incumplimiento, el Tribunal podrá dispo- ner que, ante el incumplimiento de la integración del saldo de precio, se requiera

fecha de publicación: 01/10/2014

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, solicita el pago de intereses moratorias, respecto de la factura cuya cancelación tramitó por expediente N° 2930-848/11 alcance 1, Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto N° 5.000/89, El Ministro de Salud ,Resuelve: Artículo 1°. Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorias efectuado por la firma Lici-Tex de Jorge Luis Dury, por el pago tardío

fecha de publicación: 24/08/2011

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y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en las ciudades de Pergamino (Prov. de Buenos Aires) o Rosario. 7. Intereses moratorios: Los intereses moratorios se establecen en una vez y media el interés

fecha de publicación: 06/07/2023

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empadronada con concesión de riego, para los usuarios mencionados en el IF-2023-25995260-GDEBA- GTCFVRC cuyo vencimiento operará el día 07/07/2023. ARTÍCULO 7º. Manténgase el interés moratorio en el 1,5 % mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2, 4 y 6 de la presente. Aclárese especialmente que dadas las características del concepto dispuesto en el Artículo 3º, se mantendrá

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de la Provincia de Buenos Aires; Transferencias bancarias; Link pagos; Tarjeta Procampo; tarjeta de debito y tarjeta de crédito, pudiendo pagarse en la Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. ARTÍCULO 4º. Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTÍCULO 5º. Tome