Resultados de Búsqueda
fecha de publicación: 17/02/2014
Aires Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío de la factura cuya cancelación tramitó por
fecha de publicación: 12/02/2014
, 6 de septiembre de 2013. Visto el expediente N° 2900-52387/12, por el cual la firma Buenos Aires Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío
fecha de publicación: 14/04/2025
con el IF-2025-12217858-GDEBA-GACFVRC por hectárea empadronada con concesión de riego, para los usuarios mencionados en IF-2025-12185197-GDEBA-GTCFVRC cuyo vencimiento operará el día 15/04/2025. ARTÍCULO 6º: Manténgase el interés moratorio en el 1,5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2, y 5 de la presente. Aclárese especialmente que dadas las características del concepto dispuesto
fecha de publicación: 16/01/2025
mencionados en IF-2025-00199118-GDEBA-GTCFVRC cuyo vencimiento operará el día 17/01/2025. ARTÍCULO 6º: Manténgase el interés moratorio en el 1,5 % mensual para los conceptos incluidos en los Artículos 1, 2, y 5 de la presente. Aclárese especialmente que dadas las características del concepto dispuesto en el Artículo 3º, se mantendrá respecto del devengamiento de un interés moratorio del 3 % mensual
fecha de publicación: 20/04/2026
Técnica según IF-2026-11596358-GDEBA-GTCFVRC que adhieran a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 20/04/2026. ARTÍCULO 4°: Rechazase la aprobación de las contribuciones que no se ajustan al marco normativo por los fundamentos dados en los dictámenes técnicos, administrativo-legales obrantes en la tramitación del presente. ARTÍCULO 5°: Manténgase el interés moratorio

