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fecha de publicación: 28/12/2020
, el día 15/01/2021; ARTICULO 3º: Modalidades de pago: Banco de la Provincia de Buenos Aires; Transferencias bancarias; Link pagos; Tarjeta Procampo; Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. ARTICULO 4º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTICULO 6º
fecha de publicación: 25/10/2024
de pesos cuatro millones cincuenta y seis mil cuatro con 51/100 ($4.056.004,51) en concepto de aportes personales no efectuados. INTIMAR al titular para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar
Página 60a la suma de pesos seiscientos ochenta y cuatro mil seiscientos setenta y ocho con 19/100 ($684.678,19) en concepto de aportes personales no efectuados. INTIMAR al titular para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes
fecha de publicación: 21/11/2023
en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara en base a la Tasa Pasiva BIP -Tasa pasiva opción plazo fijo digital a 30 días- desde que cada suma resultó devengada y hasta la fecha de la presente (arts. 7 y 768 del Código Civil y Comercial de la Nación; SCBA L118.615, “Zócaro”, Sentencia del 11-III-2015; B62.488, “Ubertalli”, Sentencia
fecha de publicación: 08/04/2019
actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del tres por ciento (3%) mensual.- ARTÍCULO 5º: Aplicar una bonificación equivalente al diez por ciento (10 %) del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento.- ARTÍCULO 6º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia
Página 23con los recursos provenientes del agregado tarifario depositado en el Fondo de Inversión en Transmisión de la Provincia de Buenos Aires (FITBA), según las previsiones del Decreto Nº 4052/00 (Artículo 42 a) y b) y Articulo 43 de la Ley N°11.769 y modificatorias). b) Aprobar planes de pago y/o moratorias que resulten necesarias para que los distribuidores de energía bajo concesión provincial
fecha de publicación: 12/05/2017
, cuyas modali- dades se especificarán en su oportunidad. SEXTA. LA MUNICIPALIDAD se compromete a notificar por vía electrónica en cada expediente iniciado con la modalidad descripta en este Convenio, el desis- timiento, la conciliación o cualquier otra incidencia que dé lugar a un modo anor- mal de terminación del proceso así como el acogimiento del contribuyente a moratorias o planes de pago