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fecha de publicación: 05/05/2025
otros medios de pago habilitados, se establece una reducción del 50 % de los intereses moratorios. ARTÍCULO 4°. Para aquellas deudas que se abonen en un plan de pago mayor a una cuota, ya sea mediante depósito, transferencia bancaria u otros medios de pago habilitados, la/el administrada/o podrá optar hasta un máximo de seis (6) cuotas. ARTÍCULO 5°. El interés aplicable a todo efecto
Página 41cancelen la deuda o celebren un convenio de pago, conforme la Resolución N°12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios, e iniciar las acciones legales pertinentes contra el acervo sucesorio. Para el primer supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Bando de la Provincia de Buenos Aires (casa Matriz La Plata
fecha de publicación: 21/03/2019
@ips.gba.gov.ar.; Deberá disponer que una vez transcurrido el plazo establecido en el párrafo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N°12
fecha de publicación: 06/04/2021
contribuciones y cuyo vencimiento operará el día 15/04/2021. ARTÍCULO 5º: Por expreso mandato del Directorio del Consorcio Hidráulico del Valle Bonaerense del Rio Colorado conforme solicitud que enviara el firmante, se aplicará un interés moratorio del 1, 5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2 y 3 de la presente. Aclarese especialmente que dadas las características del concepto
fecha de publicación: 28/12/2020
, el día 15/01/2021; ARTICULO 3º: Modalidades de pago: Banco de la Provincia de Buenos Aires; Transferencias bancarias; Link pagos; Tarjeta Procampo; Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. ARTICULO 4º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTICULO 6º
fecha de publicación: 23/01/2024
del Ministerio, y de las distintas reparticiones Ministeriales, Secretarías y Organismos de la Administración Provincial, centralizada y descentralizada en el marco de lo dispuesto en la normativa legal, reglamentaria o convencional pertinente, intervenir en lo referente a desistimientos, quitas, moratorias y planes de regularización de conformidad a lo que disponga la normativa pertinente; Qué, asimismo

