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fecha de publicación: 20/03/2019
, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N°12/18; Que para el supuesto de que no haya sucesorio abierto, a fin de posibilitar la notificación del acto administrativo que se dicte en consecuencia se deberá habilitar en su caso la confección del pertinente titulo ejecutivo, se deberá arbitrar el trámite de estilo tendiente a la notificación del mismo por medio de edictos
fecha de publicación: 01/11/2018
de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un cien por ciento (100%); Que de conformidad con la normativa citada, corresponde a esta autoridad de aplicación fi jar la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fi scales relacionados con la materia ambiental; Que asimismo corresponde establecer la forma en que será prorrateada
fecha de publicación: 25/01/2023
cual lo establece el Art. 5 de la Res. MIVSP 168/12 que reglamenta el funcionamiento del FITBA; Que asimismo indica que tanto la Resolución MIYSP 168/2012 como las moratorias anteriores -v.g; Resolución MIYSP N° 1083/2016- fijaron que para el supuesto de mora la tasa a aplicar para el cálculo de los intereses sería la activa anual vencida vigente del Banco Nación -es decir la tasa nominal- mientras
Página 50MIySP N° 168/12 como en las moratorias anteriores Resolución MIySP N° 1083/16; que establecía la aplicación de la tasa anual vencida vigente del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos a treinta (30) días de plazo; Que sobre el principio de igualdad que formula la requirente, cabe mencionar que el Subanexo E del Contrato de Concesión es el Reglamento de Suministro
fecha de publicación: 17/02/2014
Aires Printing S.R.L. solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la fac- tura cuya cancelación se tramitó por expte. 2991-1858/11, el Ministro de Salud resuelve: 1° Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorio efectuado por la firma Buenos Aires Printing S.R.L., por pago tardío de la factura cuya cancelación tramitó por
fecha de publicación: 03/04/2024
). Comunicación por oficio a la AFIP: De conformidad con lo establecido por el art. 46 de la Ley 25.345, en atención a los términos de la sentencia recaída en autos, deberá oficiarse a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a fin de anoticiarla del resultado del presente proceso de conocimiento. Intereses moratorios: Respecto a los intereses moratorios debemos aclarar que en vista
Página 30Seiscientos Nueve ($865.609.-), con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicará en base a la Tasa Pasiva BIP- Tasa Digital opción plazo fino tradicional- desde que cada suma resultó devengada (13/02/2019) y hasta la fecha de la presente (arts. 622 C.C. -Ley 340-, 7 y 768 del C.C.C.N.; SCBA L118.615, “Zócaro”, Sent. del 11-III-2015; B62.488, “Ubertalli”, Sent. del 18-V-2016; Causa