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fecha de publicación: 23/01/2024
del Ministerio, y de las distintas reparticiones Ministeriales, Secretarías y Organismos de la Administración Provincial, centralizada y descentralizada en el marco de lo dispuesto en la normativa legal, reglamentaria o convencional pertinente, intervenir en lo referente a desistimientos, quitas, moratorias y planes de regularización de conformidad a lo que disponga la normativa pertinente; Qué, asimismo
fecha de publicación: 23/09/2020
moratorio del 1,5% mensual para los conceptos incluidos en los Artículos 1°,2°,3°,4°,5° y 7° de la presente. Aclarase especialmente que dadas las características del concepto dispuesto en el Artículo 6°, se mantendrá respecto del devengamiento de un interés moratorio del 3% mensual sobre saldo deudor.- ARTICULO 9º: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113
Página 16actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente.- ARTICULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet.- Leon Eduardo Somenson, Administrador General ANEXO/S
fecha de publicación: 21/03/2019
@ips.gba.gov.ar.; Deberá disponer que una vez transcurrido el plazo establecido en el párrafo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N°12
fecha de publicación: 15/11/2024
a la suma de pesos un millón treinta y cuatro mil quinientos cincuenta y ocho con 97/100 ($1.034.558,97) en concepto de aportes personales no efectuados. INTIMAR a la titular para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes
Página 58de pesos ciento treinta y tres mil trescientos noventa y dos con treinta y dos centavos ($133.392,32) en concepto de aportes personales no efectuados. INTIMAR al titular para que en el plazo de veinte (20) días cancele la deuda o celebre un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto
fecha de publicación: 30/12/2020
contribuciones y cuyo vencimiento operará el día 15/01/2021. ARTICULO 7º: Por expreso mandato del Directorio del Consorcio Hidráulico del Valle Bonaerense del Rio Colorado conforme solicitud que enviara el firmante, se aplicara un interés moratorio del 1,5% mensual para los conceptos incluidos en los Artículos 1°, 2°, 3°, 4° y 6° de la presente. Aclarase especialmente que dadas las características