Resultados de Búsqueda
fecha de publicación: 08/07/2021
Aires; Transferencias bancarias; Link pagos; Tarjeta Procampo; tarjeta de débito y crédito, cheques y echeques, pudiendo pagarse en la Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego.- ARTÍCULO 4º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2 % mensual.- ARTÍCULO 5º: Aplicar una bonificación
Página 31moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTÍCULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet. Ramiro Vergara, Administrador. ANEXO/S IF-2021-16578959-GDEBA-CORFO
fecha de publicación: 23/09/2020
moratorio del 1,5% mensual para los conceptos incluidos en los Artículos 1°,2°,3°,4°,5° y 7° de la presente. Aclarase especialmente que dadas las características del concepto dispuesto en el Artículo 6°, se mantendrá respecto del devengamiento de un interés moratorio del 3% mensual sobre saldo deudor.- ARTICULO 9º: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113
Página 16actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente.- ARTICULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet.- Leon Eduardo Somenson, Administrador General ANEXO/S
fecha de publicación: 06/04/2021
contribuciones y cuyo vencimiento operará el día 15/04/2021. ARTÍCULO 5º: Por expreso mandato del Directorio del Consorcio Hidráulico del Valle Bonaerense del Rio Colorado conforme solicitud que enviara el firmante, se aplicará un interés moratorio del 1, 5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2 y 3 de la presente. Aclarese especialmente que dadas las características del concepto
fecha de publicación: 23/01/2024
del Ministerio, y de las distintas reparticiones Ministeriales, Secretarías y Organismos de la Administración Provincial, centralizada y descentralizada en el marco de lo dispuesto en la normativa legal, reglamentaria o convencional pertinente, intervenir en lo referente a desistimientos, quitas, moratorias y planes de regularización de conformidad a lo que disponga la normativa pertinente; Qué, asimismo
fecha de publicación: 12/01/2022
del Rio Colorado conforme solicitud que enviara el firmante, se aplicará un interés moratorio del 1,5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2 y 3 de la presente. Aclarese especialmente que dadas las características del concepto dispuesto en el Artículo 4º, se mantendrá respecto del devengamiento de un interés moratorio del 3 % mensual sobre saldo deudor.- ARTÍCULO 6º: Aplicar