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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30276 - 13/07/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 19/03/2018

Página 41

, del Estado de Nueva York o de la Argentina hubieran declarado una moratoria bancaria. (b) El presente Contrato podrá ser rescindido mediante notificación por escrito cursada por cualquiera de las partes del presente a las otras, en caso de dictarse alguna medida cautelar, embargo u otro tipo de orden o procedimiento judicial o administrativo contra la Provincia, los Compradores Iniciales

Página 30

Iniciales o a cualquier Persona Afiliada a raíz de la posesión o tenencia, por cuenta propia, de bonos, préstamos u otros endeudamientos (o cualquier interés o participación en los mismos) de la Provincia que se encuentren actualmente sujetos a suspensión o moratoria. CLÁUSULA 3 Obligaciones de la Provincia. La Provincia se compromete a cumplir las siguientes obligaciones: (a) La Provincia

fecha de publicación: 20/10/2025

Página 34

Administrativo con carácter general de acuerdo con el IF-2025-36885597-GDEBA-GACFVRC por hectárea empadronada con concesión de riego, para los usuarios mencionados en IF-2025-36846911-GDEBA-GTCFVRC cuyo vencimiento operará el día 17/10/2025. ARTÍCULO 6°: Manténgase el interés moratorio en el 1,5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1, 2, y 5 de la presente. Aclárese especialmente

fecha de publicación: 18/03/2019

Página 45

en el párrafo precedente sin que se haya verificado la cancelación del crédito o convenio de pago, se procederá al recupero del crédito por vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N°12/18; Que para el supuesto de que no haya sucesorio abierto, a fin de posibilitar

fecha de publicación: 20/03/2019

Página 28

, aplicándose los intereses moratorios establecidos en la Resolución N°12/18; Que para el supuesto de que no haya sucesorio abierto, a fin de posibilitar la notificación del acto administrativo que se dicte en consecuencia se deberá habilitar en su caso la confección del pertinente titulo ejecutivo, se deberá arbitrar el trámite de estilo tendiente a la notificación del mismo por medio de edictos

fecha de publicación: 01/11/2018

Página 4

de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un cien por ciento (100%); Que de conformidad con la normativa citada, corresponde a esta autoridad de aplicación fi jar la tasa de interés moratorio a aplicar sobre los créditos fi scales relacionados con la materia ambiental; Que asimismo corresponde establecer la forma en que será prorrateada