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fecha de publicación: 02/10/2024
en la cuestión primera de la Sentencia que antecede, con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicará en base a la Tasa Pasiva BIP -Tasa Digital opción plazo fijo tradicional- desde que cada suma resultó devengada (20/12/2017). (arts. 622 C.C. -Ley 340-, art. 7 y 768 del C.C.C. de la Nación; SCBA, L118.615, “Zócaro”, Sentencia del 11-III-2015; B62.488, “Ubertalli”, Sentencia del 18-V-2016
Página 20, los intereses moratorios deberán calcularse en base a la Tasa Pasiva BIP (Tasa Digital opción plazo fijo tradicional), resultando de público y notorio conocimiento la decisión de la SCBA donde expresa que la adopción de esta tasa de interés no quebranta su doctrina legal y está limitada a una ecuación estrictamente económica, derivada de la aplicación de una determinada alícuota en el marco
fecha de publicación: 01/10/2024
de Pesos Cuatrocientos Veintiún Mil Doscientos Sesenta y Siete ($421.267.), en concepto de los rubros reseñados en la cuestión primera de la Sentencia que antecede, con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicará en base a la Tasa Pasiva BIP -Tasa Digital opción plazo fijo tradicional- desde que cada suma resultó devengada (20/12/2017). (arts. 622 C.C. -Ley 340-, art. 7 y 768
Página 25de la Provincia de Buenos Aires en los precedentes reseñados, a los que me remito en honor a la brevedad. Sentado ello, los intereses moratorios deberán calcularse en base a la Tasa Pasiva BIP (Tasa Digital opción plazo fijo tradicional), resultando de público y notorio conocimiento la decisión de la SCBA donde expresa que la adopción de esta tasa de interés no quebranta su doctrina legal
fecha de publicación: 20/11/2012
, Registro de Sala III Nº 899, entre muchos otros) y mantengo, el reconocimiento de parte de la deuda en un régimen de regularización de deudas, de facilidades de pago o moratoria, no produce la admisión de la condición de deudor del contribuyente o responsable res- pecto de la totalidad de la deuda, sino que lo hace únicamente respecto del monto allí incluido. Que a tal fin, resulta de interés señalar
Página 28vertidos entiendo que el acogimiento a los planes de pago y/o moratorias por el monto incluido, no puede entenderse —respecto de la deuda no incorporada a los mismos— como un reconocimiento tácito y concluyo que la interrupción de la prescripción por la causal de reconocimiento de deuda opera sólo en función del monto reconocido. Voto de la Dra. Dora Mónica Navarro, Vocal de 8° Nominación
fecha de publicación: 19/03/2018
, del Estado de Nueva York o de la Argentina hubieran declarado una moratoria bancaria. (b) El presente Contrato podrá ser rescindido mediante notificación por escrito cursada por cualquiera de las partes del presente a las otras, en caso de dictarse alguna medida cautelar, embargo u otro tipo de orden o procedimiento judicial o administrativo contra la Provincia, los Compradores Iniciales
Página 30Iniciales o a cualquier Persona Afiliada a raíz de la posesión o tenencia, por cuenta propia, de bonos, préstamos u otros endeudamientos (o cualquier interés o participación en los mismos) de la Provincia que se encuentren actualmente sujetos a suspensión o moratoria. CLÁUSULA 3 Obligaciones de la Provincia. La Provincia se compromete a cumplir las siguientes obligaciones: (a) La Provincia
fecha de publicación: 06/04/2022
de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTÍCULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet. Ramiro Vergara, Administrador ANEXO/S IF-2022-09590984-GDEBA- GACFVRC
Página 55a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 20/04/2022. ARTÍCULO 4º: Por expreso mandato del Directorio del Consorcio Hidráulico del Valle Bonaerense del Rio Colorado conforme solicitud que enviara el firmante, se aplicará un interés moratorio del 1, 5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1 y 2 de la presente. Aclarese especialmente que dadas las características