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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30238 - 14/05/2026Ver anteriores

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 09/05/2013

Página 9

, Arts. 59, 60 y 354 inc. 10 del CPCC, Arts. 52, 55, 57, 62, 63, 74, 103, 121, 122, 123, 138, 150, 151, 152, 153, 155, 156, 231, 232, 233, 242, 245 y 246 LCT, Arts. 1° Ley 23.041). II) Condenar a la demandada Carpintería Fernández S.R.L. al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena desde que el crédito fue debido (abriI/02) hasta el efectivo pago, de conformidad con los establecidos

fecha de publicación: 05/04/2013

Página 14

de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4º: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5º: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi

fecha de publicación: 24/12/2014

Página 15

°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi- no al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento

fecha de publicación: 23/12/2014

Página 15

°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi- no al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento

fecha de publicación: 03/07/2015

Página 19

para los canales que adhieran al mencionado ser- vicio; cuyo vencimiento operará el día 15/04/2015. Artículo 3°: Todo concesionario o per- misionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efec- tivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 4°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución (Art. 113, inciso b) del Código