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fecha de publicación: 08/07/2014
. Bahía Blanca; Suc. Villalonga; Delegación Pedro Luro; y Sede Central de CORFO e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisio- nario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10% del valor de la contribución de Administración
fecha de publicación: 06/01/2017
, conforme el criterio ratificado recientemente por la S.C.B.A. en reitera- dos fallos, entre ellos "Abraham Héctor Osvaldo C/ Todoli Hnos. SRL y otro S/ Daños y Perjuicios" del 13/11/2013, por el cual se ratifica la doctrina que sostiene a partir del 1 de abril de 1991. Propongo que en este caso los intere- ses moratorios sean liquidados exclusivamente sobre el capital (Art. 623 C.C) con arreglo
fecha de publicación: 07/04/2014
proporcional 2008, indemnización por falta de registración al momento del despido e incremento por haber obligado a litigar (Arts. 26, 28, 29, 39, 41 y 63 Ley 11.653, Arts. 59, 60 y 354 Inc. 1º del CPCC Arts. 9, 14, 23, 52, 55, 57, 62, 63, 103, 121, 122, 123, 150, 151, 152, 153, 155, 156, 231, 232, 233, 242, 245 y 246 LCT, Arts. 1 y 2 Ley 25.323). II) Condenar a la demandada al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena desde que el crédito fue debido (marzo/08) hasta el efectivo pago, de
fecha de publicación: 04/04/2014
por haber obligado a litigar (Arts. 26, 28, 29, 39, 41 y 63 Ley 11.653, Arts. 59, 60 y 354 Inc. 1º del CPCC Arts. 9, 14, 23, 52, 55, 57, 62, 63, 103, 121, 122, 123, 150, 151, 152, 153, 155, 156, 231, 232, 233, 242, 245 y 246 LCT, Arts. 1 y 2 Ley 25.323). II) Condenar a la demandada al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena desde que el crédito fue debido (marzo/08) hasta el efectivo
fecha de publicación: 15/03/2016
- cidos. Vencido que se encuentre el plazo de pago, ante el incumplimiento de la parte condenada, los intereses se calcularán sobre el importe de la liquidación a practicarse por Secretaría por capital e intereses moratorios (Art. 623 C. Civil) en los distintos períodos de aplicación, a una vez la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento, resultando dichos