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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 07/01/2025

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de ejecución fiscal, un interés anual que no podrá exceder en el momento de su fijación, el de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un cien por ciento (100%); Que en el marco de la normativa citada, corresponde a esta autoridad de aplicación fijar la tasa de interés moratorio a aplicar

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de pago señalado en la factura respectiva se producirá la mora de pleno derecho, aplicándose los intereses moratorios que surjan de la aplicación del promedio mensual de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina vigente en el mes anterior al de la mora, aplicable a todos los operadores de esta Corporación en caso de morosidad. Dicho interés se devengará desde el vencimiento de la factura y hasta

fecha de publicación: 11/07/2025

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: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon vigente. ARTÍCULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de COR.FO. Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de COR.FO., Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial

fecha de publicación: 21/12/2012

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PÁGINA 10529LA PLATA, VIERNES 21 DE DICIEMBRE DE 2012 20169/11, por el cual la firma Lici - Tex de Jorge Luis Dury, solicita el pago de intereses moratorios, respecto de la factura cuya cancelación tramitó por expediente Nº 2975- 968/10, Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5.000/89 EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE ARTÍCULO 1º - Rechazar el pedido de reconocimien

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2900- 4943/10, por el cual la Cooperativa de Trabajo Aluminé Ltda, solicita el reconocimiento de intereses moratorios, por el pago tardío de la factura cuya cancelación tramitó por expediente Nº 2998-1263/09, Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 5.00/89 EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE ARTÍCULO 1º - Rechazar el pedido de reconocimiento de intereses moratorios efectuado

fecha de publicación: 06/04/2022

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de su efectivo pago, con un interés moratorio igual a la cuota de Canon Vigente. ARTÍCULO 5º: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor Letrado. Publíquese por un (1) días en el Boletín Oficial y en el sitio oficial en Internet. Ramiro Vergara, Administrador ANEXO/S IF-2022-09590984-GDEBA- GACFVRC

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a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 20/04/2022. ARTÍCULO 4º: Por expreso mandato del Directorio del Consorcio Hidráulico del Valle Bonaerense del Rio Colorado conforme solicitud que enviara el firmante, se aplicará un interés moratorio del 1, 5% mensual para los conceptos incluidos en los artículos 1 y 2 de la presente. Aclarese especialmente que dadas las características

fecha de publicación: 20/11/2012

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, Registro de Sala III Nº 899, entre muchos otros) y mantengo, el reconocimiento de parte de la deuda en un régimen de regularización de deudas, de facilidades de pago o moratoria, no produce la admisión de la condición de deudor del contribuyente o responsable res- pecto de la totalidad de la deuda, sino que lo hace únicamente respecto del monto allí incluido. Que a tal fin, resulta de interés señalar

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vertidos entiendo que el acogimiento a los planes de pago y/o moratorias por el monto incluido, no puede entenderse —respecto de la deuda no incorporada a los mismos— como un reconocimiento tácito y concluyo que la interrupción de la prescripción por la causal de reconocimiento de deuda opera sólo en función del monto reconocido. Voto de la Dra. Dora Mónica Navarro, Vocal de 8° Nominación