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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 02/01/2013

Página 17

; Suc. Villalonga, Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4º Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abo- narlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5º: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en térmi- no al vencimiento. PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL

fecha de publicación: 30/09/2016

Página 18

(Art. 113, Inc. b) de la Ley 12.257). Artículo 3°: Lugares de pago: Bancos de la Provincia de Buenos Aires: Suc. Mayor Buratovich, Suc. Bahía Blanca; Suc. Villalonga; Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio

fecha de publicación: 05/04/2017

Página 21

, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor

fecha de publicación: 21/07/2017

Página 15

de la contribución por el Servicio de Canalero a Consorcios de Riego que adhieran a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 17/07/2017. Artículo 5°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. Artículo 6°: Aplicar una bonificación equiva- lente

fecha de publicación: 09/10/2014

Página 20

PÁGINA 8330 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4º. Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actuali- zado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5º. Aplicar