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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30021 - 24/06/2025Ver anteriores

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 07/12/2022

Página 125

moratorios correspondientes calculados hasta la fecha de su efectivo pago, o en su defecto, a que celebren convenio de pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial correspondiente. Asimismo, vencido el plazo indicado sin que se verifique el pago o la celebración del convenio, quedan intimados para que dentro del plazo de 30 días

fecha de publicación: 16/11/2015

Página 16

° de esta sentencia. En la misma oportunidad el actor le reintegrará a los accionados la posesión del inmueble objeto del contrato indicado. Il. En la misma oportunidad del reintegro dinerario indicado en punto pre- cedente los demandados deberán abonar al actor los inte- reses moratorios señalados en el considerado 7° de esta sentencia. IIII. Se desestima el rubro daños y perjuicios pretendido por el actor

fecha de publicación: 30/06/2015

Página 17

, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual.- Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor

fecha de publicación: 03/04/2012

Página 14

actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribu- ción de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en tér- mino al vencimiento. ARTÍCULO 6°: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica

fecha de publicación: 24/06/2016

Página 8

. del Cód. Civil y doct. Art. 384 del CPCC); 2) ordenando liquidar los intereses moratorios con arreglo a la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días denominado actual- mente por dicha entidad como Banca Internet Provincia o “Tasa BIP”.- 3) Imponer las costas al codemandado ven- cido. II). - Se Difiere la regulación de honorarios profesio- nales