BIENVENIDOS AL

image/svg+xml

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Descarga los ejemplares.

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 05/04/2017

Página 21

, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor

fecha de publicación: 21/07/2017

Página 15

de la contribución por el Servicio de Canalero a Consorcios de Riego que adhieran a las mencionadas contribuciones, cuyo vencimiento operará el día 17/07/2017. Artículo 5°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. Artículo 6°: Aplicar una bonificación equiva- lente

fecha de publicación: 09/10/2014

Página 20

PÁGINA 8330 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4º. Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actuali- zado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5º. Aplicar

fecha de publicación: 04/04/2012

Página 15

. Villalonga, Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribu- ción de Administración Principal (Art

fecha de publicación: 16/01/2024

Página 29

, a efectos que la Cooperativa lo adopte en el plazo de diez (10) días de notificada fehacientemente la presente, caso contrario tome intervención Provincia Fideicomisos SAU en el marco del artículo 81 de la Ley Nº 15.310; Que asimismo resulta oportuno advertir que aquellas declaraciones juradas correspondientes al agregado tarifario desde enero de 2022 no se encuentran incluidas en moratoria vigente