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fecha de publicación: 22/12/2014
Villalonga; Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso
fecha de publicación: 11/10/2013
Buratovich, Suc. Bahía Blanca; Suc. Villalonga; Delegación Pedro Luro y Sede Central de CORFO e Intendencias de Riego. ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2% (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10% del valor de la contribu- ción
fecha de publicación: 29/07/2011
de canales secundarios y terciarios que los respectivos consorcios y/o condóminos fijen en su caso (art. 113 inc. b) de la Ley 12.257). ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo con un interés moratorio del 2 % (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribu- ción por administración principal (art
fecha de publicación: 04/06/2012
Neto con sus Notas y Anexos correspondientes a los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 1993 a 2011 ambos inclusive. 4) Consideración de la gestión de los Directores. 5) Elección de los miembros del Directorio. 6) Cambio de domicilio social. 7) Consideración de hechos relevantes: a) Moratoria y cancelación impuesto inmobiliario; b) Exención Impositiva en ARBA, en Ingresos Brutos
fecha de publicación: 10/02/2012
de la retribución pactada y pago con la intervención de las oficinas técnicas comunales. En los casos de establecerse moratorias, planes de facilidades de pago, reducciones de intereses, u otros actos derivados del establecimiento de políticas públicas tributarias PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL

