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fecha de publicación: 28/12/2016
de la Provincia de Buenos Aires: Suc. Mayor Buratovich, Suc. Bahía Blanca; Suc. Villalonga; Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación
fecha de publicación: 17/12/2015
o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualiza- do al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contri- bución de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en término al vencimiento. Artículo 6°: Tome conocimiento el Consejo
fecha de publicación: 15/09/2015
. Las moratorias o cualquier otro régimen tem- poral de facilidades o descuentos que el Directorio fije para la regularización de la CAO, será aplicable también a la integración del 50% restante en los casos de desistimiento al sistema de protección básica proporcional. Quienes opten por integrarlo y por esas anua- lidades no deberán ser considerados en mora de conformidad con los términos y alcan
fecha de publicación: 07/04/2014
proporcional 2008, indemnización por falta de registración al momento del despido e incremento por haber obligado a litigar (Arts. 26, 28, 29, 39, 41 y 63 Ley 11.653, Arts. 59, 60 y 354 Inc. 1º del CPCC Arts. 9, 14, 23, 52, 55, 57, 62, 63, 103, 121, 122, 123, 150, 151, 152, 153, 155, 156, 231, 232, 233, 242, 245 y 246 LCT, Arts. 1 y 2 Ley 25.323). II) Condenar a la demandada al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena desde que el crédito fue debido (marzo/08) hasta el efectivo pago, de
fecha de publicación: 04/04/2014
por haber obligado a litigar (Arts. 26, 28, 29, 39, 41 y 63 Ley 11.653, Arts. 59, 60 y 354 Inc. 1º del CPCC Arts. 9, 14, 23, 52, 55, 57, 62, 63, 103, 121, 122, 123, 150, 151, 152, 153, 155, 156, 231, 232, 233, 242, 245 y 246 LCT, Arts. 1 y 2 Ley 25.323). II) Condenar a la demandada al pago de inte- reses moratorios sobre el capital de condena desde que el crédito fue debido (marzo/08) hasta el efectivo