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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 14/02/2025

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de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS. bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado.- ARTÍCULO 3°. ESTABLECER

fecha de publicación: 11/03/2026

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apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046 3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado - ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que de no recepcionarse cancelación o celebración

fecha de publicación: 19/10/2018

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de Morón, del Banco de la Provincia de Bs. As. (arts. 903, 904, 1068, 1069, 1078, 1083, 1109, 1113 y cctes CC).- IX) Declarar de Ofi cio la Inconstitucionalidad del art. 48 de la Ley 11.653 modifi cado por la Ley 13.499 de conformidad con la doctrina legal de la Excma. S.C.B.A. mencionada en la presente sentencia.- X) Condenar a las demandadas al pago de los intereses (moratorios) desde la mora 20

fecha de publicación: 07/09/2015

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; Que añadió que, las mediciones de consumo fueron constatadas por las dos partes interesadas y que las facturas se ajustaron a los recaudos reglamentarios; Que opinó que los intereses que se facturaron a la deudora fueron moratorios y no compensatorios, que nada impide a las partes pactar tasa activa en un entorno de alta inflación; Que, por último, expresó que a Aguas de Zárate no solo

fecha de publicación: 22/12/2014

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Villalonga; Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso