Resultados de Búsqueda
fecha de publicación: 20/12/2017
3°: Modalidades de pago: Banco de la Provincia de Buenos Aires; Transferencias bancarias; Link pagos; Tarjeta Procampo; Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. ARTÍCULO 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratorio del dos por ciento (2%) mensual. ARTÍCULO 5°: Aplicar una bonificación
fecha de publicación: 30/06/2021
, aportes retenidos y contribuciones efectuadas por el mismo, con destino al fondo previsional en que se encontraba incluidos los actores Pereyra y Cortadi, dentro de los diez días de notificado, fijándose en Pesos Doscientos Cincuenta las sanciones pecuniarias por cada día de demora en su cumplimiento (Arts. 80 LCT; Art. 666 bis Código Civil). IV) Imponer los intereses moratorios correspondientes
fecha de publicación: 29/06/2021
de notificado, fijándose en Pesos Doscientos Cincuenta las sanciones pecuniarias por cada día de demora en su cumplimiento (Arts. 80 LCT; Art. 666 bis Código Civil). IV) Imponer los intereses moratorios correspondientes al capital de condena a la demandada los que se determinan con arreglo a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a treinta (30) días
fecha de publicación: 07/01/2025
de ejecución fiscal, un interés anual que no podrá exceder en el momento de su fijación, el de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un cien por ciento (100%); Que en el marco de la normativa citada, corresponde a esta autoridad de aplicación fijar la tasa de interés moratorio a aplicar
Página 123de pago señalado en la factura respectiva se producirá la mora de pleno derecho, aplicándose los intereses moratorios que surjan de la aplicación del promedio mensual de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina vigente en el mes anterior al de la mora, aplicable a todos los operadores de esta Corporación en caso de morosidad. Dicho interés se devengará desde el vencimiento de la factura y hasta
fecha de publicación: 21/12/2021
para la cancelación de las deudas de conformidad con las pautas que surgen de los artículos subsiguientes. Artículo 2º: Para aquellas deudas que se abonen de contado en un solo pago, ya sea mediante depósito o transferencia bancaria en las cuentas pertenecientes a este Organismo, se establece una reducción del 50 % de los intereses moratorios. Artículo 3º: Para aquellas deudas que se abonen en un plan