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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30056 - 13/08/2025Ver anteriores

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

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fecha de publicación: 20/07/2023

Página 104

3. Aprobación de la Gestión del Directorio. 4. Modificación del interés moratorio de cuotas sociales del art. 11-d) del contrato social. 5. Propuesta del propietario Sigfrido La Terza de interrumpir la contratación de abogado para temas legales, de Contador Público para temas contables y balances, de empleado de mantenimiento del Barrio, de la obligación de supervisar el cumplimiento

Página 67

a los derecho habientes a que en el plazo de veinte (20) días cancelen la deuda o celebren un convenio de pago, conforme la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios, e iniciar las acciones legales pertinentes contra el acervo sucesorio. Para el primer supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639

fecha de publicación: 23/06/2022

Página 60

, el que asciende a la suma de pesos novecientos ocho mil seiscientos dieciocho con noventa centavos (908.619,90). INTIMAR a los derecho habientes a que en el plazo de veinte (20) días, deberán cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones legales pertinentes contra el acervo sucesorio

fecha de publicación: 29/09/2022

Página 70

de pago, se afectara el haber previsional en el 20 % (veinte por ciento) de las sumas que por todo concepto perciba el deudor conforme la facultad otorgada por el artículo 61 del Decreto-Ley9650/80. Se aplicara sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio que establecen las Resoluciones N° 9/16 y N° 12/18. ARTÍCULO 4°: Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones

fecha de publicación: 14/02/2025

Página 43

de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS. bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes.- Para el primer supuesto deberá realizar un depósito a la orden de este Instituto en la cuenta 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco Provincia de Buenos Aires (Casa Matriz La Plata) y acompañar el comprobante de pago en el plazo antes fijado.- ARTÍCULO 3°. ESTABLECER

fecha de publicación: 19/06/2014

Página 8

a la demandada al pago de inte- reses moratorias sobre el capital de condena, de confor- midad con los establecidos por la S.C.J.BA que son los que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones a treinta días, desde que fue debido (marzo/09) hasta el efectivo pago. (Arts. 508, 509, 519 y 622 C.C). III) Condenar la demandada al pago, de las cos- tas del proceso por haber resultado vencida