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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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Ley N° 14.828

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fecha de publicación: 27/02/2020

Página 20

bancaria perteneciente a estos autos y a la orden de este Tribunal, la suma de Pesos Cuatrocientos Veintiocho Mil Doscientos Setenta y Nueve con 12/100 ($428.279,12.-), por concepto de los rubros reseñados en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara en base a la Tasa Pasiva BIP -Tasa Digital opción plazo fijo tradicional- (arts. 622

fecha de publicación: 19/11/2015

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de suficiente recibo.- QUINTO: Juntamente con el pago de cada cuota del Convenio, se abonarán los inte- reses moratorios correspondientes, a la tasa que determine el Banco de la Provincia de Buenos Aires para descuento de documentos a treinta (30) días, sin la aplicación de los recargos establecidos en el régimen tarifario vigente, para deudas contraídas cuyas obli- gaciones se devenguen por la ocupación de los predios portuarios o la prestación de los servicios portuarios en general.-

fecha de publicación: 19/10/2018

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de Morón, del Banco de la Provincia de Bs. As. (arts. 903, 904, 1068, 1069, 1078, 1083, 1109, 1113 y cctes CC).- IX) Declarar de Ofi cio la Inconstitucionalidad del art. 48 de la Ley 11.653 modifi cado por la Ley 13.499 de conformidad con la doctrina legal de la Excma. S.C.B.A. mencionada en la presente sentencia.- X) Condenar a las demandadas al pago de los intereses (moratorios) desde la mora 20

fecha de publicación: 22/12/2014

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Villalonga; Delegación Pedro Luro; y Sede Central de Corfo e Intendencias de Riego. Artículo 4°: Todo concesionario o permisionario que no abone en término, deberá abonarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2% (dos por ciento) mensual. Artículo 5°: Aplicar una bonificación equivalente al 10 % del valor de la contribución de Administración Principal (Art. 113, inciso

fecha de publicación: 16/10/2020

Página 22

14.399 de conformidad con la doctrina legal de la S.C.J.B.A. mencionada. III) Condenar a los demandados al pago de intereses moratorios sobre los capitales nominales de condena, desde que cada crédito fue debido, a la tasa de interés que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en los depósitos a plazo fijo a treinta días a través del Sistema Banca Internet Provincia, desde la entrada