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fecha de publicación: 13/04/2011
, con un interés moratorio del 2% (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 5° - Aplicar una bonificación equivalente al 10% del valor de la contribu- ción de Administración Principal (Art. 113, inciso a) del Código de Aguas, por pago en tér- mino al vencimiento. ARTÍCULO 6° - Tome conocimiento el Consejo Consultivo de Corfo Río Colorado, Gerencia Técnica y Administrativa de Corfo, Intendencias de Riego y Asesor
fecha de publicación: 31/05/2011
Pedro Luro; Banco de la Nación Argentina, Suc. Pedro Luro y Sede Central de Corto Río Colorado e Intendencias de Riego. ARTÍCULO 5°: Todo usuario que no abone en el término fijado el Canon de Riego y Administración Secundaria de canales, deberá amortizarlo actualizado al momento de su efectivo pago, con un interés moratoria del 2 % (dos por ciento) mensual. ARTÍCULO 6°: Aplicar una bonificación
fecha de publicación: 23/09/2019
y uno con veintitres centavos ($ 190.591,23) (art. 770 inc. B) CCCN). El importe resultante de la acumulación de capital más intereses devenga el mismo tipo de interés moratorio referido hasta que quede firme la sentencia, efectuándose ese cálculo hasta el 20/09/2017 ascendiendo a la suma de $ 92.798,80. Totalizando la demanda en concepto de capital actualizado e intereses la suma de pesos doscientos ochenta y tres
fecha de publicación: 24/09/2019
de pesos ciento noventa mil quinientos noventa y uno con veintitres centavos ($ 190.591,23) (art. 770 inc. B) CCCN). El importe resultante de la acumulación de capital más intereses devenga el mismo tipo de interés moratorio referido hasta que quede firme la sentencia, efectuándose ese cálculo hasta el 20/09/2017 ascendiendo a la suma de $ 92.798,80. Totalizando la demanda en concepto de capital
fecha de publicación: 19/02/2020
, y en consecuencia condenarlo a depositar dentro del plazo de diez días de notificada la presente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal de Quilmes en cuenta judicial a la orden de éste Tribunal la suma de Pesos Ciento Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Seis con 66/100 ($138.466,66), 3) Las sumas de condena devengarán intereses moratorios desde la fecha debida, y hasta los diez días

