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DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

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ÚLTIMO BOLETÍN: N° 30021 - 24/06/2025Ver anteriores

Ley N° 14.828

Establécese, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, que la publicación del diario denominado “Boletín Oficial” en formato digital en la página web (...), revistará carácter de oficial y auténtico y producirá idénticos efectos jurídicos que la edición impresa.

Resultados de Búsqueda

fecha de publicación: 06/12/2022

Página 120

, Presidente. dic. 1º v. dic. 7 POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires notifica a los derechohabientes de OLGA ESTELA LLALLERA la Resolución N° 910504, de fecha 07 de marzo de 2019, dictada en el Expediente N° 21557-406117- 17, intimándoselos para que dentro del plazo de 10 (diez) días paguen la suma de $90.678,15, con más los intereses moratorios

fecha de publicación: 10/08/2022

Página 69

con 10/100 ($712.055,10) en concepto de haberes percibidos indebidamente desde el 01/02/1977 al 01/01/1988. INTIMAR al titular para que en el plazo de veinte (20) días deberá cancelar la deuda o celebrar un convenio de acuerdo a la Resolución N° 12/18 IPS, bajo apercibimiento de aplicar intereses moratorios e iniciar las acciones pertinentes. Para el primer supuesto deberá realizar un deposito

fecha de publicación: 09/10/2024

Página 55

otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80. Se aplicará sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16 y n° 12/18. ARTÍCULO 5°. Registrar. Pasar las actuaciones al Sector Deudas Notificaciones de la Coordinación Gestión y Recupero de Deudas. Cumplido, dar el trámite

fecha de publicación: 15/10/2024

Página 34

o convenio de pago, se afectara el haber previsional en el 20 % (veinte por ciento) de las sumas que por todo concepto perciba la deudora, conforme la facultad otorgada a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9650/80. Se aplicará sobre los saldos impagos el interés moratorio y/o compensatorio en los términos que establecen las Resoluciones n° 9/16

fecha de publicación: 08/09/2022

Página 46

el Régimen Permanente de Facilidades de Pago para deudas por tasas y/o multas impuestas por este Ministerio de Ambiente, desde el 1° de Enero del 2022 y hasta el 31 de diciembre inclusive, de acuerdo a lo establecido en el Anexo II (identificado como IF-2022-18858200-GDEBA-DPAJMAMGP), que forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 3°. El interés aplicable a todo efecto, ya sea moratorio